III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16163)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los contratos de emergencia celebrados en 2020 para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 por las comunidades autónomas y ciudades autónomas sin Órgano de Control Externo propio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99826
adjudicación por 88.627,50 euros; el contrato 3/2020, de servicio de vigilancia del Albergue
Santa Amelia, adjudicado por 627.914,00 euros y el contrato 4/2020, de servicio de gestión de
albergue de menores, adjudicado por 1.520.791,00 euros, todos ellos celebrados por la
Consejería de Medio Ambiente y Servicios Urbanos, falta la determinación de su duración, lo
cual no es conforme con la tramitación por emergencia que, por definición, se limita a los actos
indispensables para afrontar las necesidades derivadas de la emergencia.
La documentación remitida en relación con dichos contratos está constituida por un informe de
necesidad genérico, un Decreto, que no define el objeto del contrato ni la duración y tampoco la
forma de ejecución. Se presenta un presupuesto desglosado por conceptos y documentos
contables globales.
- En el contrato 6/2020, de suministro de mascarillas FFP2, trajes y gafas clear PC BL, adjudicado
por 68.357,60 euros, en el contrato 7/2020, de suministro de mascarillas quirúrgicas, FFP2,
gafas quirúrgicas protectoras, trajes impermeables médicos y geles hidroalcohólicos, adjudicado
por 40.368,86 euros, en el contrato 8/2020, de suministro de test rápidos COVID-19, adjudicado
por 65.325 euros y en el contrato 9/2020, de suministro de mascarillas quirúrgicas, FFP2, gafas
quirúrgicas protectoras, gafas de protección completa, impermeable médico y geles
hidroalcohólicos, adjudicado por 88.243,65 euros -todos ellos celebrados por la Consejería de
Sanidad, Servicios Sociales, Menores e Igualdad-, se detalla el objeto de los contratos y se
identifica a los proveedores, pero no se hace alusión al plazo de ejecución ni a la forma de
suministrar el material, requisitos necesarios del contrato9.
- En el caso de los contratos de suministro números 18/2020 y 20/2020, ya citados, “ suministro de
literas y colchones , para el albergue alternativo provisional de menores extranjeros no
acompañados (PINIÉS) y “suministro de mantas , toallas y sábanas para los menores
extranjeros no acompañados que se encuentren en el alojamiento provisional alternativo PINIÉS
” tramitados por la Consejería de Presidencia y Gobernación, la documentación remitida
presenta, entre otras deficiencias, la falta de determinación del objeto del contrato, haciéndose
alusión a literas y colchones sin más concreción y al precio total, 67.605 euros. Es en la factura
remitida por la empresa adjudicataria en la que se detalla el objeto (250 literas, 500 bloques de
espuma) y se incluyen así mismo 500 almohadas (por un precio total de 3.705 euros), que en un
principio no formaban parte del objeto del contrato, incumpliendo lo preceptuado en el artículo 99
de la LCSP.
Así mismo, la documentación aportada relativa a estos contratos no determina la duración ni la
forma de ejecución del contrato.
- En el contrato ya referenciado número 20/2020 también es en las facturas aportadas donde se
identifica el objeto concreto del contrato (pantalones, calcetines y sábanas).
- En los contratos de servicios socio-sanitario de emergencia, en albergue alternativo y provisional
para inmigrantes transfronterizos adultos y para menores extranjeros no acompañados, números
16/2020 y 17/2020 por importe de 163.049,41 euros y 158.786,47 euros, respectivamente, no
figura la duración del contrato y/o la forma de ejecución del mismo, constando facturas e
informes de conformidad del servicio que, en caso del contrato 16/2020, abarcan un período que
En fase de alegaciones se determina que el plazo del contrato se establece en la publicación del contrato en la
Plataforma de Contratación del Sector Público; sin embargo, este dato también debería determinarse en la
documentación preparatoria del contrato, en el documento justificativo de la necesidad y en la adjudicación del contrato.
9
cve: BOE-A-2024-16163
Verificable en https://www.boe.es
Estas mismas incidencias se repiten en relación con el contrato 22/2020.
Núm. 188
Lunes 5 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99826
adjudicación por 88.627,50 euros; el contrato 3/2020, de servicio de vigilancia del Albergue
Santa Amelia, adjudicado por 627.914,00 euros y el contrato 4/2020, de servicio de gestión de
albergue de menores, adjudicado por 1.520.791,00 euros, todos ellos celebrados por la
Consejería de Medio Ambiente y Servicios Urbanos, falta la determinación de su duración, lo
cual no es conforme con la tramitación por emergencia que, por definición, se limita a los actos
indispensables para afrontar las necesidades derivadas de la emergencia.
La documentación remitida en relación con dichos contratos está constituida por un informe de
necesidad genérico, un Decreto, que no define el objeto del contrato ni la duración y tampoco la
forma de ejecución. Se presenta un presupuesto desglosado por conceptos y documentos
contables globales.
- En el contrato 6/2020, de suministro de mascarillas FFP2, trajes y gafas clear PC BL, adjudicado
por 68.357,60 euros, en el contrato 7/2020, de suministro de mascarillas quirúrgicas, FFP2,
gafas quirúrgicas protectoras, trajes impermeables médicos y geles hidroalcohólicos, adjudicado
por 40.368,86 euros, en el contrato 8/2020, de suministro de test rápidos COVID-19, adjudicado
por 65.325 euros y en el contrato 9/2020, de suministro de mascarillas quirúrgicas, FFP2, gafas
quirúrgicas protectoras, gafas de protección completa, impermeable médico y geles
hidroalcohólicos, adjudicado por 88.243,65 euros -todos ellos celebrados por la Consejería de
Sanidad, Servicios Sociales, Menores e Igualdad-, se detalla el objeto de los contratos y se
identifica a los proveedores, pero no se hace alusión al plazo de ejecución ni a la forma de
suministrar el material, requisitos necesarios del contrato9.
- En el caso de los contratos de suministro números 18/2020 y 20/2020, ya citados, “ suministro de
literas y colchones , para el albergue alternativo provisional de menores extranjeros no
acompañados (PINIÉS) y “suministro de mantas , toallas y sábanas para los menores
extranjeros no acompañados que se encuentren en el alojamiento provisional alternativo PINIÉS
” tramitados por la Consejería de Presidencia y Gobernación, la documentación remitida
presenta, entre otras deficiencias, la falta de determinación del objeto del contrato, haciéndose
alusión a literas y colchones sin más concreción y al precio total, 67.605 euros. Es en la factura
remitida por la empresa adjudicataria en la que se detalla el objeto (250 literas, 500 bloques de
espuma) y se incluyen así mismo 500 almohadas (por un precio total de 3.705 euros), que en un
principio no formaban parte del objeto del contrato, incumpliendo lo preceptuado en el artículo 99
de la LCSP.
Así mismo, la documentación aportada relativa a estos contratos no determina la duración ni la
forma de ejecución del contrato.
- En el contrato ya referenciado número 20/2020 también es en las facturas aportadas donde se
identifica el objeto concreto del contrato (pantalones, calcetines y sábanas).
- En los contratos de servicios socio-sanitario de emergencia, en albergue alternativo y provisional
para inmigrantes transfronterizos adultos y para menores extranjeros no acompañados, números
16/2020 y 17/2020 por importe de 163.049,41 euros y 158.786,47 euros, respectivamente, no
figura la duración del contrato y/o la forma de ejecución del mismo, constando facturas e
informes de conformidad del servicio que, en caso del contrato 16/2020, abarcan un período que
En fase de alegaciones se determina que el plazo del contrato se establece en la publicación del contrato en la
Plataforma de Contratación del Sector Público; sin embargo, este dato también debería determinarse en la
documentación preparatoria del contrato, en el documento justificativo de la necesidad y en la adjudicación del contrato.
9
cve: BOE-A-2024-16163
Verificable en https://www.boe.es
Estas mismas incidencias se repiten en relación con el contrato 22/2020.