III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-16158)
Resolución de 30 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la contratación de emergencia celebrada durante el ejercicio 2020 en el ámbito de la Administración Socio-Laboral y de la Seguridad Social como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188

Lunes 5 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 99361

A los efectos de la presente fiscalización la medida más relevante fue la determinación, en una norma con
rango de ley, de la tramitación de emergencia para la contratación de todo tipo de bienes o servicios que
precisaran las entidades del sector público para la ejecución de cualesquiera medidas tendentes a hacer
frente al COVID-19.
Esta previsión normativa se introdujo en el artículo 16 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el
que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, modificado
posteriormente por la disposición final sexta del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas
urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, por la disposición
final segunda del Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias,
en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19 y por la disposición final primera de la
Ley 3/2021, de 12 de abril, por la que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar
los efectos derivados del COVID-19. Este artículo 16 se refería en particular a la contratación, señalando lo
siguiente:
“1. La adopción de cualquier tipo de medida directa o indirecta por parte de las entidades del sector
público para hacer frente al COVID-19 justificará la necesidad de actuar de manera inmediata, siendo
de aplicación el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por
la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
2. De acuerdo con la previsión establecida en el párrafo anterior, a todos los contratos que hayan de
celebrarse por las entidades del sector público para atender las necesidades derivadas de la protección
de las personas y otras medidas adoptadas por el Consejo de Ministros para hacer frente al COVID-19,
les resultará de aplicación la tramitación de emergencia (…)”.
Sin perjuicio de la incorporación de algunos aspectos técnicos particulares para la gestión de los contratos de
emergencia durante la vigencia de este artículo 16, su adopción tuvo como principal consecuencia que la
justificación del recurso a esta forma de tramitación en relación con la lucha frente a la pandemia quedó fijada
expresamente en un precepto legal, siendo aquella “La adopción de cualquier tipo de medida directa o
indirecta por parte de las entidades del sector público para hacer frente al COVID-19”.
No obstante, los órganos de contratación deben cumplir determinados requisitos en la tramitación del
procedimiento contemplados en los artículos 120 de la LCSP y 16 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de
marzo. Asimismo, resultan plenamente aplicables las reglas relativas al cumplimiento, ejecución y recepción
de los contratos previstas en la LCSP.
Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, a continuación se exponen los resultados más
significativos obtenidos del examen realizado de la contratación de emergencia adjudicada durante el ejercicio
2020 por las entidades fiscalizadas.
II.2.2. CONTRATACIÓN DE EMERGENCIA CELEBRADA POR LAS ENTIDADES GESTORAS Y
SERVICIOS COMUNES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Tal y como se ha indicado anteriormente (subapartado I.6), el INGESA adjudicó 135 contratos mediante
tramitación de emergencia en el ejercicio 2020, por una cuantía total de 561.129.334,36 de euros, de los
cuales han sido analizados 49 expedientes por importe de 538.440.926,87, lo que supone el 95,96 % del
importe total contratado mediante dicho procedimiento por esa Entidad.

cve: BOE-A-2024-16158
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II.2.2.1. INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA (INGESA)