II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE ESTADO. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-16154)
Resolución de 17 de julio de 2024, del Consejo de Estado, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188

Lunes 5 de agosto de 2024

Sec. II.B. Pág. 99322

3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos en la participación en
el concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante a fin
de proceder a su exclusión. En el caso de que el órgano convocante tenga conocimiento
de la toma de posesión en el puesto obtenido con carácter definitivo, en distinta
Secretaría de Estado, Organismo o Ministerio, según el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984
de 2 de agosto, podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya producido
dicha comunicación, dando conocimiento de lo actuado al interesado.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del Concurso, el órgano
convocante acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los
requisitos exigidos en la convocatoria y se abrirá un plazo de cinco días hábiles para las
posibles subsanaciones por parte de las personas excluidas (Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Al listado de exclusiones se le dará la suficiente publicidad que será, con carácter
mínimo, su publicación en la página web de este organismo: https://www.consejoestado.es.
3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de las solicitudes
como el desistimiento de las solicitudes, que implica el desistimiento de la totalidad de
los puestos solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de la publicación
de los listados provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de
publicidad con la debida antelación.
Novena.

Publicidad de la valoración de los méritos.

Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las valoraciones
provisionales otorgadas, la Comisión de Valoración publicará listados provisionales de
valoración de los méritos para los distintos puestos en la página web https://
www.consejo-estado.es. En dichos listados se establecerá un período de alegaciones de
cinco días hábiles.
Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas de forma automática si no
se hubieran presentado alegaciones.
Resolución del concurso.

1. La convocatoria se resolverá por resolución de la Presidencia del Consejo de
Estado en un plazo máximo de seis meses, desde el día siguiente al de la finalización de
la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que
concurran las circunstancias expuestas en la base tercera punto 2; en tal caso podrá
procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente
por estas circunstancias.
2. En la resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de
trabajo, localidad, Órgano directivo y Departamento Ministerial o Administración Pública
de cese de los participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su
subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando
participen desde una situación distinta a la de servicio activo.
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes, si comporta
cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

cve: BOE-A-2024-16154
Verificable en https://www.boe.es

Décima.