II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE ESTADO. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-16154)
Resolución de 17 de julio de 2024, del Consejo de Estado, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188

Lunes 5 de agosto de 2024

Sec. II.B. Pág. 99323

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del
Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas interesadas, salvo que por
causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender su disfrute.
No obstante, para los funcionarios que se encuentren en licencia por enfermedad, se
diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice la
licencia que tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del departamento donde presta servicios el
funcionario podrá, no obstante, acordar una prórroga de su cese de hasta veinte días
hábiles, por necesidades del servicio, que deberá comunicarse a la unidad a la que haya
sido destinado el funcionario o la funcionaria.
Excepcionalmente, a propuesta del Organismo y/o Departamento, por exigencias del
normal funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública
podrá aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga
prevista en el párrafo anterior. Para su concesión será necesario que el Departamento
que lo solicita emita informe motivado de la necesidad del dicho aplazamiento.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la Presidencia del
Consejo de Estado podrá conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días
hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita la persona interesada
por razones justificadas.
Destinos adjudicados.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo
de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública y la
persona adjudicataria hubiese tomado posesión en el mismo, en cuyo caso deberá
comunicarlo en el plazo de tres días hábiles por escrito al órgano convocante. El
diferimiento del cese, así como los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los
interesados no supondrán una ampliación del plazo para la opción de destino prevista en
este apartado, y en el artículo 49 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
debiéndose tener en cuenta a estos efectos los plazos establecidos en la base décima 3.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a un funcionario
en situación distinta a la de servicio activo supondrá su reingreso, sin perjuicio de la
posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Reglamento de Situaciones Administrativas de
los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real
Decreto 365/1995, de 10 de marzo.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
Aquellos participantes que desde el cierre del plazo de presentación de solicitudes
del concurso hasta la resolución de adjudicación hayan sido nombrados o sean
nombrados, por promoción interna, funcionarios de carrera de Cuerpos o Escalas
pertenecientes al subgrupo inmediato superior al Cuerpo o Escala desde el que han
concursado y han obtenido un puesto de doble adscripción a subgrupo en la resolución
del presente concurso tomarán posesión del mismo desde el Cuerpo o Escala desde el
que participan.
Duodécima.

Publicación de la resolución del concurso.

La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso, con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados, y a partir de ésta
empezarán a contarse los plazos establecidos para que los ministerios y organismos
afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes.

cve: BOE-A-2024-16154
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Undécima.