III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Sector gasista. (BOE-A-2024-16179)
Resolución de 1 de julio de 2024, de la Autoridad Portuaria de Málaga, por la que se publica la aprobación del pliego de condiciones particulares del servicio de suministro de gas natural licuado a buques como combustible en el puerto de Málaga.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 188

Lunes 5 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 100318

con las normas que aplican para su diseño y uso. Entre estos sistemas se encuentran
los siguientes elementos:
– Mangueras.
– Acoplamientos de conexión y desconexión en seca para GNL.
– Brida del colector.
– Juntas giratorias.
– Bridas.
– Rodamientos.
– Acoplamiento de ruptura.
– Brazos de transferencia.
– En cada brazo de transferencia o manguera se instalará una brida de aislamiento
que cumpla los requisitos aplicables de la Guía de Seguridad ISGOTT. En caso de
suministro de TTS, el vehículo se conectará a un punto de puesta a tierra en el muelle de
conformidad con los códigos eléctricos nacionales.
1.5

Sistemas de seguridad para el suministro a buque de GNL:

– Todos los sistemas de transferencia de GNL estarán equipados con un sistema de
liberación de emergencia y conectados a un sistema de parada de emergencia (ESD).
En el caso de que los camiones no estén equipados con un ESD, la funcionalidad del
ESD en cuanto a la monitorización, la detección de fugas y la iniciación de acciones de
parada segura debe considerarse en las evaluaciones de riesgos de identificación de
peligros y de operabilidad y reflejarse en el Procedimiento de Respuesta de Emergencia.
– El medio de suministro y los buques receptores contarán con un enlace ESD para
garantizar el funcionamiento coordinado de ambos sistemas.
– Otros sistemas de seguridad deben estar cubiertos por el código de diseño o las
reglas de clase aplicables (ADR, IGF, IGC, etc.).
1.6

Sistema de comunicaciones:

– Cumplimiento de ATEX para el sistema operado en la zona donde pudiera
producirse atmósfera explosiva.
– Se debe contar con equipos de repuesto disponibles.
– Los equipos para la comunicación no verbal deben ser robustos y fiables.
1.7

Equipo de protección personal y protección contra incendios:

Todos los certificados de los equipos deben estar actualizados, y la APM podrá iniciar
un procedimiento de revisión para confirmar que las certificaciones están en vigor o
exigir un informe de auditoría externa del sistema.
1.8 Para el acotamiento del perímetro de seguridad y señalización de la operación
de suministro, se habrá de contar como mínimo con los siguientes elementos:
– Carteles de prohibición de fumar y encendido de fuego, con tamaño mínimo de
DIN A4.

cve: BOE-A-2024-16179
Verificable en https://www.boe.es

– Los EPIs deberán tener el marcado CE y estar en buenas condiciones de
funcionamiento.
– El equipo de protección contra incendios requerido para la operación TTS deberá
seguir las disposiciones del código ADR. O
– El equipo de protección contra incendios requerido para la operación STS deberá
seguir las disposiciones del código IGC (International Code of the Construction and
Equipment of Ships Carrying Liquefied Gases in Bulk).
– El equipo de protección contra incendios requerido para el buque receptor deberá
seguir las disposiciones del código IGF (International Code of Safety for Ship Using
Gases or Other Low-flashpoint Fuels).