III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-16118)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Consejo Económico y Social de España, para colaborar en la realización del encuentro «La situación socioeconómica y laboral de España. Cambio climático y sostenibilidad».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99156
Los importes indicados en los puntos i) y ii) irán con cargo a la aplicación
presupuestaria 19.301.912P.226.06 de su presupuesto vigente de gastos, en la cual
existe crédito adecuado y suficiente, y se abonarán mediante transferencia a la cuenta
abierta a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo que indique la
propia UIMP.
II. Compromiso económico de la UIMP.
i. La UIMP asume un compromiso de gasto en relación con este convenio de un
máximo de 25.687,28 euros, según se recoge en el Presupuesto que figura como
anexo II. De este importe:
– La cantidad de 18.173,00 euros, correspondiente a los gastos de alojamiento y
manutención del profesorado, traducción, publicidad, otros gastos (cuadernos, carpetas y
otros materiales, programas), gastos de infraestructura (mantenimiento y limpieza de
locales, vigilancia y personal) y becas de la convocatoria oficial de la UIMP se realizará
mediante aportación de medios personales propios con cargo a los créditos de personal del
presupuesto ordinario de la UIMP, con cargo a expedientes de contratación ya gestionados
con carácter general para el conjunto de la programación según la legislación aplicable, o a
través de la convocatoria general de becas para el conjunto de su programación, que la
UIMP ya ha aprobado y publicado de acuerdo con el procedimiento económico y
administrativo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Por tanto, no es preciso aprobar un gasto específico adicional por estos conceptos
vinculado a este convenio.
– El resto del compromiso económico, 7.514,28 euros, correspondiente a los
honorarios y viajes del profesorado que gestiona la UIMP, irá con cargo a los conceptos
de su presupuesto de gastos vigente que se indican a continuación, en las cuales existe
crédito adecuado y suficiente, para lo cual se aprueba el correspondiente gasto:
28.101.322C.226.06 para el gasto correspondiente a honorarios, por importe
de 3.600,00 euros.
28.101.322C.231 para el gasto correspondiente a viajes, por importe de 3.914,28
euros.
ii. La UIMP se compromete a aplicar al encuentro la cantidad que aporta el CES
según se recoge en el apartado I de esta cláusula, de acuerdo con el presupuesto
aprobado y las partidas de gastos en el mismo incluidas, asumiendo la financiación del
gasto que no se cubra con la misma, esto es, el diseño y maquetación de los programas
(200,00 euros) y la partida de becas (1.980,00), que ascienden a 2.180,00 euros. Esta
financiación no supone un traspaso de fondos de la UIMP al CES.
iii. La UIMP se compromete a presentar al CES, una vez finalizado el encuentro y
antes del 31 de octubre de 2024, el requerimiento de pago incluyendo la liquidación final
del presupuesto, según se ha indicado en el apartado I.i) de esta cláusula.
Difusión. Titularidad de los resultados. Publicaciones.
I. La UIMP se compromete a destacar la colaboración del CES en cuantos medios
se utilicen para la promoción y difusión del encuentro, respetando en todo caso el
logotipo y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin. La difusión de
esta colaboración por parte de la UIMP no constituirá una prestación de servicios.
II. Si bien no constituye un compromiso exigible, el CES podrá apoyar, si lo estima
conveniente, a la UIMP en la campaña de promoción del encuentro, llevando a cabo
cuantas acciones estime convenientes con sus medios propios, tales como difusión a
través de su propia web, difusión directa del programa entre el público específico, etc.,
respetando en la medida de lo posible el diseño de la campaña publicitaria de la UIMP.
En dichas acciones de difusión deberá mencionarse a la UIMP como coorganizadora del
encuentro, con respeto al logotipo y demás instrucciones sobre identidad corporativa que
cve: BOE-A-2024-16118
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 187
Sábado 3 de agosto de 2024
Sec. III. Pág. 99156
Los importes indicados en los puntos i) y ii) irán con cargo a la aplicación
presupuestaria 19.301.912P.226.06 de su presupuesto vigente de gastos, en la cual
existe crédito adecuado y suficiente, y se abonarán mediante transferencia a la cuenta
abierta a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo que indique la
propia UIMP.
II. Compromiso económico de la UIMP.
i. La UIMP asume un compromiso de gasto en relación con este convenio de un
máximo de 25.687,28 euros, según se recoge en el Presupuesto que figura como
anexo II. De este importe:
– La cantidad de 18.173,00 euros, correspondiente a los gastos de alojamiento y
manutención del profesorado, traducción, publicidad, otros gastos (cuadernos, carpetas y
otros materiales, programas), gastos de infraestructura (mantenimiento y limpieza de
locales, vigilancia y personal) y becas de la convocatoria oficial de la UIMP se realizará
mediante aportación de medios personales propios con cargo a los créditos de personal del
presupuesto ordinario de la UIMP, con cargo a expedientes de contratación ya gestionados
con carácter general para el conjunto de la programación según la legislación aplicable, o a
través de la convocatoria general de becas para el conjunto de su programación, que la
UIMP ya ha aprobado y publicado de acuerdo con el procedimiento económico y
administrativo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Por tanto, no es preciso aprobar un gasto específico adicional por estos conceptos
vinculado a este convenio.
– El resto del compromiso económico, 7.514,28 euros, correspondiente a los
honorarios y viajes del profesorado que gestiona la UIMP, irá con cargo a los conceptos
de su presupuesto de gastos vigente que se indican a continuación, en las cuales existe
crédito adecuado y suficiente, para lo cual se aprueba el correspondiente gasto:
28.101.322C.226.06 para el gasto correspondiente a honorarios, por importe
de 3.600,00 euros.
28.101.322C.231 para el gasto correspondiente a viajes, por importe de 3.914,28
euros.
ii. La UIMP se compromete a aplicar al encuentro la cantidad que aporta el CES
según se recoge en el apartado I de esta cláusula, de acuerdo con el presupuesto
aprobado y las partidas de gastos en el mismo incluidas, asumiendo la financiación del
gasto que no se cubra con la misma, esto es, el diseño y maquetación de los programas
(200,00 euros) y la partida de becas (1.980,00), que ascienden a 2.180,00 euros. Esta
financiación no supone un traspaso de fondos de la UIMP al CES.
iii. La UIMP se compromete a presentar al CES, una vez finalizado el encuentro y
antes del 31 de octubre de 2024, el requerimiento de pago incluyendo la liquidación final
del presupuesto, según se ha indicado en el apartado I.i) de esta cláusula.
Difusión. Titularidad de los resultados. Publicaciones.
I. La UIMP se compromete a destacar la colaboración del CES en cuantos medios
se utilicen para la promoción y difusión del encuentro, respetando en todo caso el
logotipo y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin. La difusión de
esta colaboración por parte de la UIMP no constituirá una prestación de servicios.
II. Si bien no constituye un compromiso exigible, el CES podrá apoyar, si lo estima
conveniente, a la UIMP en la campaña de promoción del encuentro, llevando a cabo
cuantas acciones estime convenientes con sus medios propios, tales como difusión a
través de su propia web, difusión directa del programa entre el público específico, etc.,
respetando en la medida de lo posible el diseño de la campaña publicitaria de la UIMP.
En dichas acciones de difusión deberá mencionarse a la UIMP como coorganizadora del
encuentro, con respeto al logotipo y demás instrucciones sobre identidad corporativa que
cve: BOE-A-2024-16118
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.