III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-16025)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Goleta Solar, SLU, autorización administrativa de construcción para la instalación solar fotovoltaica Goleta Solar, de 52,5 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicados en Torres de la Alameda y Loeches (Comunidad de Madrid) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 186

Viernes 2 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 98396

previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la
instalación fotovoltaica Grillete Solar, de 210 MW de potencia instalada, y sus
infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Torres de la Alameda,
San Fernando de Henares, Loeches, Mejorada del Campo y Pozuelo del Rey en la
Comunidad de Madrid, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fecha 25 de abril de 2023, declaración responsable que
acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica. En virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor
ha acreditado su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia emitió el
correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, aprobado en su sesión celebrada el 13 de abril
de 2023.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con observaciones y documentación, que han sido analizadas y
parcialmente incorporadas en la resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa
previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción del proyecto y
declaración, en concreto, de utilidad pública de la actuación anteriormente mencionada.
Esta autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones
que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin
perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución
de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas, resuelve:

Otorgar a Goleta Solar, SLU, autorización administrativa de construcción para la
instalación solar fotovoltaica «Goleta Solar», de 52,5 MW de potencia instalada, y su
infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de Torres de la
Alameda y Loeches, en la provincia de Madrid, con las características definidas en el
documento «Proyecto Técnico Administrativo Planta Fotovoltaica FV Goleta Solar 134,76
MWp / 112,5 MW instalados, TT.MM. Torres de la Alameda y Loeches», visado el 31 de
mayo de 2021, en el documento «Adenda al Proyecto Técnica Administrativo Planta
Fotovoltaica FV Goleta Solar 53,74 MWp / 52,50 MW instalados, TT.MM. Torres de la
Alameda y Loeches», visado el 24 de abril de 2023, y con las particularidades recogidas
en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación solar fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales del parque solar fotovoltaico son las siguientes:
– Tipo de tecnología: solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 52,5 MW.

cve: BOE-A-2024-16025
Verificable en https://www.boe.es

Primero.