III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-16025)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Goleta Solar, SLU, autorización administrativa de construcción para la instalación solar fotovoltaica Goleta Solar, de 52,5 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicados en Torres de la Alameda y Loeches (Comunidad de Madrid) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 98395

condiciones y medidas dispuestas en la DIA, presentado la documentación acreditativa
de su cumplimiento:
– Presentación de memoria detallada de las medidas compensatorias, según la
condición 1.i).6.
– Se evitará con carácter general actuaciones que generen movimientos de tierra en
zonas cuya pendiente media sea superior al 10 %, según la condición 1.ii).2.
(Vegetación, flora e HICs).
– Preservación de vegetación arbórea en el interior de las parcelas a ocupar por la
planta fotovoltaica, según la condición 1.ii).4. (Vegetación, flora e HICs).
– Presentación de memoria valorada de la superficie a reforestar ante la Dirección
General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, según la
condición 1.ii).6. (Vegetación, flora e HICs).
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos
adicionales que se recogen en el condicionado de la DIA, según condición 1.iii).
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la
DIA debían estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas
definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa de
construcción, y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto, con fecha 25
de abril de 2023, el promotor presenta documentación acreditativa del cumplimiento de
los requisitos impuestos en la declaración de impacto ambiental y en la citada
Resolución de autorización administrativa previa, incluyendo declaración responsable en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Infraestructura de evacuación de 30 kV que conecta el parque solar fotovoltaico
Goleta hasta la SET Grillete.
La infraestructura de evacuación restante hasta llegar a la subestación de San
Fernando 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, cuenta con autorización
administrativa de construcción otorgada mediante Resolución de la Dirección General de
Política Energética y Minas:
– Subestación eléctrica transformadora SET Grillete 30/220 kV.
– Infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la SET Grillete hasta la SET
Noguera.
– Subestación eléctrica SET Noguera 220 kV.
– Infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la SET Noguera hasta la SET
San Fernando Renovables.
– Subestación eléctrica transformadora SET San Fernando Renovables 400/220 kV.
– Infraestructura de evacuación a 400 kV que conecta la SET San Fernando
Renovables hasta la SE San Fernando 400 kV.
Las infraestructuras de evacuación comunes, que no forman parte del alcance de la
presente resolución, cuentan con autorización, tras la emisión de:
– La Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 17 de
julio de 2024, por la que se otorga a Grillete Solar, SLU, autorización administrativa

cve: BOE-A-2024-16025
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Núm. 186