III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-16021)
Resolución de 17 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Grillete Solar, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Grillete Solar, de 210 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Torres de la Alameda, San Fernando de Henares, Loeches, Mejorada del Campo y Pozuelo del Rey (Comunidad de Madrid) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 98347

Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, el cual
manifiesta su oposición por la no adecuación de las instalaciones proyectadas a las
determinaciones del Plan General de Ordenación Urbana vigente en ese municipio. Se
ha dado traslado al promotor, el cual resalta que la respuesta de este Ayuntamiento es
en referencia a otro expediente, el correspondiente al proyecto fotovoltaico Abeto Solar,
con código PFot-204. Asimismo, adjunta plano de afección del proyecto Grillete Solar
para que pueda ser evaluado por el citado organismo. Se ha recibido informe del
organismo, que reitera su oposición al proyecto, exponiendo la no adecuación de la
instalación proyectada a las determinaciones del Plan General de Ordenación Urbana
vigente. Posteriormente, se recibe informe del Ayuntamiento, en el que manifiesta que,
tras un proceso de diálogo y negociación con el promotor, se ha llegado a un acuerdo
para compatibilizar las infraestructuras de evacuación del proyecto con los intereses del
municipio, por lo que dicho organismo informa favorablemente a la realización del
presente proyecto.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, informando
desfavorablemente respecto a la autorización administrativa previa de varios proyectos
fotovoltaicos, entre los que se encuentra Grillete Solar. Según el citado Ayuntamiento, el
artículo 10.5.6 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento, aprobadas por Orden de 31
de marzo de 1993 y publicadas en el BOCM n.º 106 de 06 de mayo de 1993, establece
unos retranqueos de 6 metros a linderos y una ocupación máxima del 5 % en suelo no
urbanizable común y del 2 % en suelo no urbanizable especialmente protegido. El
conjunto de plantas solares previstas en el municipio no cumple esta prescripción, ya
que suman una superficie de 426,65 hectáreas, que sobre las 4.361,00 hectáreas del
municipio supone un 9,78 % del término municipal, superando el límite de ocupación
máxima establecido. Asimismo, se plantean dos subestaciones eléctricas y 5.780 metros
de líneas soterradas y 13.020 metros de líneas aéreas, que van a congestionar el suelo
municipal, con importantes afecciones a los posibles crecimientos municipales de suelo
urbano y pérdida de una parte muy importante del suelo agrario y protegido. Se ha dado
traslado al promotor, el cual responde indicando que este expediente se incluye en el
Plan Especial de Infraestructuras denominado «PEI-Pfot-195», en el cual se justifica con
detalle el cumplimiento de toda la normativa de aplicación en relación con la implantación
de la infraestructura proyectada. Asimismo, el promotor indica que la superficie ocupada
por los proyectos que salieron a Información Pública en noviembre de 2021 para la
solicitud de la declaración de impacto ambiental, autorización administrativa previa,
autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública,
ocupaban 608 hectáreas, lo que suponía un 14 % de ocupación respecto a la superficie
del municipio. Tras las reducciones llevadas a cabo por el promotor teniendo en cuenta
los informes y alegaciones recibidas además de las sugerencias por parte del
Ayuntamiento en las diferentes reuniones, se obtuvo la declaración de impacto ambiental
favorable para la ocupación de 288 hectáreas lo que supone un 6,6 % de ocupación
respecto a la superficie total del municipio. La Planta Fotovoltaica Grillete Solar, a la cual
hace referencia este informe, cuenta con 160,38 hectáreas en Torres de la Alameda, lo
que supone un 3,7 % de ocupación respecto a la superficie total del municipio.
Posteriormente, se recibe informe del Ayuntamiento, en el que manifiesta que, dado que
la autorización tiene carácter supramunicipal, no muestra objeciones al desarrollo del
proyecto y que se continúe con la tramitación de la autorización administrativa de
construcción, sin perjuicio de que la verificación del cumplimiento de la normativa
urbanística quedará supeditada a la aprobación del Plan Especial de Infraestructuras y
que hasta que no se obtenga la declaración de utilidad pública no se puede autorizar el
uso ni garantizar la expropiación.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y
Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la
Comunidad de Madrid en el que manifiesta su disconformidad con el proyecto de la
planta fotovoltaica Grillete Solar por afecciones sobre 43,63 hectáreas de cultivo leñoso
tipo olivar y 0,11 hectáreas de otros cultivos leñosos, recomendando una ubicación

cve: BOE-A-2024-16021
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 186