III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-15918)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Español de Oceanografía y la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para la ejecución de las acciones incluidas en el proyecto «Toward a European Rocky Reed Fish monitoring network-EuRock Fish» del partenariado europeo Biodiversa+.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 97933

de 21 de octubre de 2013, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 1089/2010 por
el que se aplica la Directiva 2007/2/CE por la que se crea una infraestructura de
información espacial en la Unión Europea (INSPIRE).
Tercera. Confidencialidad y protección de datos.
A) Con respecto al tratamiento de los datos personales llevados a cabo por el IEOCSIC y por la FB, como consecuencia de la organización y desarrollo de los diferentes
actos vinculados al proyecto, se deberán cumplir las siguientes obligaciones:
a. El IEO-CSIC cederá a la FB, y viceversa, a título gratuito, los derechos de uso
sobre el material gráfico y fotográfico que obtenga de las actividades desarrolladas en el
marco del Proyecto, con el fin de poder ser utilizados por parte ambas partes para la
promoción del proyecto, mediante la publicación del mismo en redes sociales, revistas y
cualquier otro medio de comunicación análogo de su titularidad.
b. El IEO-CSIC cederá a la FB, como entidad socia coordinadora en la ejecución
del Proyecto, los datos personales de los intervinientes en los actos desarrollados como
consecuencia del mismo, con la finalidad de remitirles comunicaciones informativas
sobre futuros actos vinculados al Proyecto, previa obtención del consentimiento indicado
en el punto B).
c. El IEO-CSIC cederá también a la FB, como socio coordinador y máximo
responsable del Proyecto ante el partenariado de Biodiversa+ y la CE, cualquier otra
información necesaria para el desarrollo de las funciones de coordinación y gestión, a
efectos de verificar que se cumplen todos los requisitos necesarios y su justificación ante
la CE o institución comunitaria correspondiente.
B) Para las finalidades descritas en los párrafos anteriores, el IEO-CSIC se
compromete a informar y obtener el consentimiento de los interesados que participen en
los distintos actos para el tratamiento de sus datos personales y la cesión de los mismos
a la FB, de conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 13 del Reglamento del
Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de
Datos). Para lo que utilizará el correspondiente formulario normalizado.
C) El IEO-CSIC y la FB deberán preservar la confidencialidad de cualquier
información y documentos, en cualquier forma, que se divulguen por escrito u oralmente
en relación con la aplicación del presente convenio y que estén explícitamente indicadas
por escrito como confidenciales.
D) El IEO-CSIC y la FB no utilizarán información y documentos confidenciales por
ningún motivo que no sea el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente
convenio, a menos que se acuerde otra cosa con el partenariado de Biodiversa+ o la CE
por escrito.
E) El partenariado de Biodiversa+, la CE, el IEO-CSIC y la FB estarán obligados a
lo anterior durante la aplicación del presente convenio y por un período de cinco años a
partir del pago del saldo, a menos que:
a. La violación de la obligación de confidencialidad sea consecuencia de la
publicidad necesaria en cumplimiento alguna obligación emergente del propio convenio.
b. La revelación de la información confidencial sea requerida por la ley.
F) Los datos personales recabados durante el Proyecto se pondrán a disposición
del Partenariado Biodiversa+, CE y demás instituciones comunitarias que sean
necesarias para realizar un correcto control de las actuaciones derivadas del Proyecto.
G) El Partenariado Biodiversa+ y la CE tramitarán los datos personales incluidos de
conformidad con la normativa vigente sobre la protección de datos de carácter personal.
H) Dichos datos serán tratados por el Partenariado Biodiversa+ y la CE únicamente
a efectos de la aplicación, gestión y seguimiento del convenio y el control de los actos

cve: BOE-A-2024-15918
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Núm. 185