III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2024-15930)
Resolución de 23 de julio de 2024, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se publica el Convenio con la Diputación Provincial de Barcelona, para el desarrollo de actividades de formación en materia de contratación pública y habilidades directivas, y regulador de la cesión de los derechos de la propiedad intelectual referentes a la distribución y comunicación pública a favor del INAP.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185

Jueves 1 de agosto de 2024

Sec. III. Pág. 98029

del convenio. Las reuniones de la Comisión de Seguimiento podrán celebrarse por
medios electrónicos.
La Comisión de Seguimiento se formará de manera paritaria, estará integrada por un
representante de cada una de las partes firmantes y se reunirá siempre que cualquiera
de las partes lo estime oportuno.
La Comisión de Seguimiento se regulará, en lo no previsto por el presente convenio,
por lo establecido, para los órganos colegiados, en la sección 3.ª del capítulo II del
título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Sexta.

Modificación del convenio.

Este convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime de las partes, que se
formalizará mediante Adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos y previa
autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Séptima.

Protección de datos y transparencia.

Las partes se comprometen a no difundir, sin autorización de la otra parte,
informaciones a las que hayan tenido acceso en el desarrollo de este convenio.
Asimismo, las partes deberán extender esta obligación a todas las personas que
intervengan o colaboren en la realización y el desarrollo de lo establecido en este
convenio.
En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, las partes firmantes,
en el desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del presente convenio,
atenderán las disposiciones de obligado cumplimiento establecidas en el Reglamento
(UE) n.º 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo
a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, por la que se adapta el ordenamiento
jurídico español a esa norma.
Este convenio se somete a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9
de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Octava. Información pública e imagen institucional.
Cada una de las partes destacará la colaboración que mantiene con la otra en
cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión de sus actividades conjuntas,
incluido el material impreso, con la inclusión de los correspondientes logotipos.
A estos efectos, las partes se comprometen a respetar sus directrices de imagen
institucional.
Vigencia y denuncia del convenio.

El presente convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes mediante su firma y resultará eficaz según lo establecido en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015. Igualmente, conforme a este artículo el convenio será publicado en el plazo
de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
La duración del convenio se establece por un período inicial de dos años, contados
desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, sin que en ningún caso se supere, incluidas las
prórrogas, el plazo de cuatro años previsto en el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo de vigencia, las partes
podrán acordar la prórroga del convenio por un periodo de hasta dos años, mediante

cve: BOE-A-2024-15930
Verificable en https://www.boe.es

Novena.