II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA. Escala Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura. (BOE-A-2024-15769)
Resolución de 25 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 97517
acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de
aprovechamiento o impartición.
La certificación de los méritos para la fase de concurso deberá realizarse según el
modelo incluido como anexo IV a esta convocatoria.
2.2
2.2.1
Personal laboral fijo.
Antigüedad:
Servicios prestados como personal laboral fijo en la Administración General del
Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con
personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del
Estado, la puntuación máxima será de 18 puntos a razón de 0,60 puntos por año
completo de servicios.
2.2.2
Trabajo desarrollado:
Por el tiempo de servicios efectivos prestados como personal laboral fijo en puestos
del grupo y especialidad G3 - Archivos, Bibliotecas y Museos del IV Convenio colectivo
único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente o de
categoría profesional equivalente del III Convenio Único para el Personal Laboral de la
Administración General del Estado, siempre y cuando los puestos en los que se han
desempeñado dichas funciones hayan quedado encuadrados en el grupo y especialidad
G3–Archivos, Bibliotecas y Museos del IV Convenio colectivo único para el personal
laboral de la Administración General del Estado vigente, se otorgará 1 punto por cada
año completo de servicios hasta un máximo de 6 puntos.
2.2.3
Cursos de formación:
La superación o impartición de cursos de formación relacionados con las funciones
que se desempeñarán en la respectiva sección de la Escala de Auxiliares de Archivos,
Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura acreditados
por el trabajador, se valorarán por el tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación
máxima que se podrá obtener por este apartado será de 6 puntos. Los cursos, anotados
en el RCP o sistema análogo, deberán tener una duración igual o superior a 15 horas
lectivas y haber sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de
Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por
Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Los cursos deberán
acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de
aprovechamiento o impartición.
La certificación de los méritos del personal laboral fijo para la fase de concurso
deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V a esta convocatoria.
Calificación final
Para los aspirantes por el sistema de promoción interna la calificación final vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la
de concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición. En el caso de persistir el empate, el orden se
establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.º Mayor puntuación obtenida en la segunda parte del ejercicio único de la fase de
oposición.
2.º Mayor puntuación obtenida en la primera parte del ejercicio único de la fase de
oposición.
cve: BOE-A-2024-15769
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 97517
acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de
aprovechamiento o impartición.
La certificación de los méritos para la fase de concurso deberá realizarse según el
modelo incluido como anexo IV a esta convocatoria.
2.2
2.2.1
Personal laboral fijo.
Antigüedad:
Servicios prestados como personal laboral fijo en la Administración General del
Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con
personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del
Estado, la puntuación máxima será de 18 puntos a razón de 0,60 puntos por año
completo de servicios.
2.2.2
Trabajo desarrollado:
Por el tiempo de servicios efectivos prestados como personal laboral fijo en puestos
del grupo y especialidad G3 - Archivos, Bibliotecas y Museos del IV Convenio colectivo
único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente o de
categoría profesional equivalente del III Convenio Único para el Personal Laboral de la
Administración General del Estado, siempre y cuando los puestos en los que se han
desempeñado dichas funciones hayan quedado encuadrados en el grupo y especialidad
G3–Archivos, Bibliotecas y Museos del IV Convenio colectivo único para el personal
laboral de la Administración General del Estado vigente, se otorgará 1 punto por cada
año completo de servicios hasta un máximo de 6 puntos.
2.2.3
Cursos de formación:
La superación o impartición de cursos de formación relacionados con las funciones
que se desempeñarán en la respectiva sección de la Escala de Auxiliares de Archivos,
Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura acreditados
por el trabajador, se valorarán por el tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación
máxima que se podrá obtener por este apartado será de 6 puntos. Los cursos, anotados
en el RCP o sistema análogo, deberán tener una duración igual o superior a 15 horas
lectivas y haber sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de
Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por
Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Los cursos deberán
acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de
aprovechamiento o impartición.
La certificación de los méritos del personal laboral fijo para la fase de concurso
deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V a esta convocatoria.
Calificación final
Para los aspirantes por el sistema de promoción interna la calificación final vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la
de concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición. En el caso de persistir el empate, el orden se
establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.º Mayor puntuación obtenida en la segunda parte del ejercicio único de la fase de
oposición.
2.º Mayor puntuación obtenida en la primera parte del ejercicio único de la fase de
oposición.
cve: BOE-A-2024-15769
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