II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA. Escala Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura. (BOE-A-2024-15769)
Resolución de 25 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
37 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 97516
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de aquella, que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
No podrá declararse que ha superado el ejercicio único un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas.
La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la calificación obtenida
en el ejercicio único.
2.
Fase de concurso
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que solo se aplicará a quienes
hayan superado la fase de oposición, se valorarán hasta un máximo de 30 puntos los
siguientes méritos referidos a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado»:
2.1
2.1.1
Personal funcionario de carrera.
Antigüedad:
Personal funcionario de carrera: Haber prestado servicios efectivos, durante al
menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas de la
Administración General del Estado del Subgrupo C2 (cuerpos o escalas del antiguo
grupo D de la Ley 30/1984, de 2 de agosto), o en Cuerpos o Escalas Postales y
Telegráficos, adscritos al Subgrupo C2 (cuerpos y escalas postales y telegráficos
adscritos al antiguo grupo D) o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 del resto de los
ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, y que hayan obtenido destino definitivo, estos últimos, en la
Administración General del Estado (cuerpos y escalas de las demás Administraciones
del antiguo grupo D), teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos
hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» al
amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, se otorgarán 0,60 puntos por cada año
completo de servicio, hasta un máximo de 18 puntos.
2.1.2
Grado personal consolidado:
Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo
de reconocimiento de grado por la autoridad competente a la fecha de publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación,
hasta un máximo de 6 puntos:
Hasta el grado 14 inclusive: 3 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,25 puntos.
Cursos de formación:
La superación o impartición de cursos de formación relacionados con las funciones
que se desempeñarán en la respectiva sección de la Escala Auxiliar de Archivos,
Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura, se valorarán
por el tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener por
este apartado será de 6 puntos. Los cursos deberán tener una duración igual o superior
a 15 horas lectivas y haber sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto
Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por
Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Los cursos deberán
cve: BOE-A-2024-15769
Verificable en https://www.boe.es
2.1.3
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 97516
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de aquella, que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
No podrá declararse que ha superado el ejercicio único un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas.
La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la calificación obtenida
en el ejercicio único.
2.
Fase de concurso
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que solo se aplicará a quienes
hayan superado la fase de oposición, se valorarán hasta un máximo de 30 puntos los
siguientes méritos referidos a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado»:
2.1
2.1.1
Personal funcionario de carrera.
Antigüedad:
Personal funcionario de carrera: Haber prestado servicios efectivos, durante al
menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas de la
Administración General del Estado del Subgrupo C2 (cuerpos o escalas del antiguo
grupo D de la Ley 30/1984, de 2 de agosto), o en Cuerpos o Escalas Postales y
Telegráficos, adscritos al Subgrupo C2 (cuerpos y escalas postales y telegráficos
adscritos al antiguo grupo D) o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 del resto de los
ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, y que hayan obtenido destino definitivo, estos últimos, en la
Administración General del Estado (cuerpos y escalas de las demás Administraciones
del antiguo grupo D), teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos
hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» al
amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, se otorgarán 0,60 puntos por cada año
completo de servicio, hasta un máximo de 18 puntos.
2.1.2
Grado personal consolidado:
Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo
de reconocimiento de grado por la autoridad competente a la fecha de publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación,
hasta un máximo de 6 puntos:
Hasta el grado 14 inclusive: 3 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,25 puntos.
Cursos de formación:
La superación o impartición de cursos de formación relacionados con las funciones
que se desempeñarán en la respectiva sección de la Escala Auxiliar de Archivos,
Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura, se valorarán
por el tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener por
este apartado será de 6 puntos. Los cursos deberán tener una duración igual o superior
a 15 horas lectivas y haber sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto
Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por
Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Los cursos deberán
cve: BOE-A-2024-15769
Verificable en https://www.boe.es
2.1.3