II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA. Escala Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura. (BOE-A-2024-15769)
Resolución de 25 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 97513
Empleado Público, los tribunales podrán elaborar una relación de personas candidatas
en el proceso selectivo por ingreso libre.
En esta relación figurarían aquellas personas candidatas que, habiendo participado
en el proceso selectivo de acceso libre, y no habiéndolo superado, alcancen la
puntuación mínima que, en su caso, el tribunal establezca en función de los resultados.
La relación se ordenará según la puntuación obtenida. La relación así confeccionada
tendrá validez hasta la publicación de la nueva relación de personas candidatas
resultante del desarrollo de un nuevo proceso selectivo ordinario.
Para poder formar parte de la relación, las personas candidatas deberán poseer
todos los requisitos que se hayan exigido para poder participar en la presente
convocatoria. No formarán parte de aquella las personas que manifiesten expresamente
su deseo de no participar en la misma.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la relación de personas candidatas
será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública. Este
procedimiento de gestión se hará público en la página web del Ministerio convocante.
13.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma; el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo
dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad que la dictó en el plazo
de un mes desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de
dos meses desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 10.1.i y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 25 de julio de 2024.–La Subsecretaria de Cultura, María del Carmen Páez
Soria.
A.
Descripción del proceso selectivo por el sistema de ingreso libre para las tres
secciones
La fase de oposición del proceso selectivo estará formada para todas las secciones
por un ejercicio único que constará de las dos partes que a continuación se indican,
ambas obligatorias y eliminatorias y que se realizarán conjuntamente:
Primera parte: consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test de 100
preguntas sobre las materias recogidas en los bloques I, II y III del programa contenido
cve: BOE-A-2024-15769
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO I
Núm. 184
Miércoles 31 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 97513
Empleado Público, los tribunales podrán elaborar una relación de personas candidatas
en el proceso selectivo por ingreso libre.
En esta relación figurarían aquellas personas candidatas que, habiendo participado
en el proceso selectivo de acceso libre, y no habiéndolo superado, alcancen la
puntuación mínima que, en su caso, el tribunal establezca en función de los resultados.
La relación se ordenará según la puntuación obtenida. La relación así confeccionada
tendrá validez hasta la publicación de la nueva relación de personas candidatas
resultante del desarrollo de un nuevo proceso selectivo ordinario.
Para poder formar parte de la relación, las personas candidatas deberán poseer
todos los requisitos que se hayan exigido para poder participar en la presente
convocatoria. No formarán parte de aquella las personas que manifiesten expresamente
su deseo de no participar en la misma.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la relación de personas candidatas
será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública. Este
procedimiento de gestión se hará público en la página web del Ministerio convocante.
13.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma; el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo
dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad que la dictó en el plazo
de un mes desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de
dos meses desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 10.1.i y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 25 de julio de 2024.–La Subsecretaria de Cultura, María del Carmen Páez
Soria.
A.
Descripción del proceso selectivo por el sistema de ingreso libre para las tres
secciones
La fase de oposición del proceso selectivo estará formada para todas las secciones
por un ejercicio único que constará de las dos partes que a continuación se indican,
ambas obligatorias y eliminatorias y que se realizarán conjuntamente:
Primera parte: consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test de 100
preguntas sobre las materias recogidas en los bloques I, II y III del programa contenido
cve: BOE-A-2024-15769
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO I