II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA. Escala Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura. (BOE-A-2024-15769)
Resolución de 25 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Miércoles 31 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 97512

8.4 Según Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y
mecenazgo, se permite el uso de prótesis, incluidas las auditivas, durante la realización
de los procesos selectivos por quienes las precisen y lo acrediten.
8.5 Las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad, y que en
la primera parte del ejercicio único superen con una nota superior al 60 por ciento de la
calificación máxima, se les conservará la puntuación de esta parte en la convocatoria
inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación
de esta primera parte del ejercicio en el que se hubiera conservado la nota sean
análogos, salvo actualización normativa. Para hacer uso de este derecho, deberán
presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas. No obstante, si los
aspirantes optan por realizar esta parte del ejercicio único, quedará sin efecto el
resultado obtenido en aquella parte en la convocatoria inmediata anterior.
9.

Embarazo de riesgo o parto

Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o de
parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo en cualquiera
de sus fases o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la
finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas.
La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el
derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a
tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal. En todo caso, la
realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de
aspirantes que han superado el proceso selectivo.
10.

Relaciones con la ciudadanía

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en la
Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios, 28004
en Madrid. El correo electrónico del Tribunal Calificador es el siguiente:
tribunal.auxiliares@cultura.gob.es. Este correo no tiene la consideración de Registro
electrónico.
La información relacionada con el proceso selectivo se publicará en la página web
del Ministerio de Cultura (https://www.cultura.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/
empleo-publico/personal-funcionario.html y en la página web del Punto de Acceso
General http://administracion.gob.es).
11.

Destinos

La elección de destino por las personas aspirantes que hayan superado el proceso
selectivo se realizará exclusivamente por medios electrónicos, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Relación de personas candidatas

De acuerdo con el artículo 3.20 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que
se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023, así como el
artículo 114.10 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y
mecenazgo; en relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del

cve: BOE-A-2024-15769
Verificable en https://www.boe.es

12.