I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Organización. (BOE-A-2024-15701)
Real Decreto 758/2024, de 30 de julio, por el que se crea el Consejo de la Productividad de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Miércoles 31 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 97327

Asimismo, desde el punto de vista del principio de seguridad jurídica, la norma
establece un marco coherente con el ordenamiento jurídico nacional y europeo,
regulando de forma clara y cierta la composición, funciones y régimen de funcionamiento
del Consejo de la Productividad de España.
Por último, el presente real decreto es conforme con las exigencias del principio de
transparencia, toda vez que la necesidad de la propuesta y sus objetivos constan
de manera clara y explícita en la memoria de la norma, que es accesible a la ciudadanía
a través del Portal de la Transparencia. La norma fue sometida, asimismo, al trámite de
audiencia e información pública previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27
de noviembre, del Gobierno.
IV
Este real decreto se aprueba en virtud de lo dispuesto por el artículo 103.2 de la
Constitución Española, que establece que los órganos de la Administración del Estado
son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la ley, competencia recogida
legalmente en el artículo 5 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, con carácter general para
todas las Administraciones públicas, disponiendo el apartado 3 de dicho artículo los
requisitos necesarios para su creación.
Se dicta en ejecución de la Recomendación del Consejo de la Unión Europea, de 20
de septiembre de 2016, sobre la creación de consejos nacionales de productividad.
Durante su tramitación, este real decreto ha sido sometido a dictamen del Consejo
Económico y Social y a informe de los departamentos ministeriales, autoridades y
organismos afectados por razón de sus competencias.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Economía, Comercio y Empresa y de la
Ministra de Trabajo y Economía Social, con la aprobación previa del Ministro para la
Transformación Digital y de la Función Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado, y
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de julio de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1.

Objeto.

Este Real Decreto tiene por objeto la creación del Consejo de la Productividad de
España (en adelante, el Consejo), dando así cumplimiento a la Recomendación
del Consejo de la Unión Europea, de 20 de septiembre de 2016, sobre la creación de
consejos nacionales de productividad.

1. El Consejo se constituye como órgano colegiado dedicado al diagnóstico y
análisis de la evolución de la productividad y la competitividad y sus implicaciones
distributivas en España, en el marco de la zona euro y la Unión Europea, así como de las
políticas públicas con impacto en estas dimensiones.
2. El Consejo perseguirá los objetivos establecidos en este real decreto con
autonomía funcional y en colaboración con las instituciones que participan en el mismo.
3. A efectos organizativos y presupuestarios, el Consejo estará adscrito al
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, a través de la Secretaría de Estado de
Economía y Apoyo a la Empresa.

cve: BOE-A-2024-15701
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2. Naturaleza, fines y adscripción.