I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Contaminación atmosférica. (BOE-A-2024-15705)
Orden TED/803/2024, de 26 de julio, sobre las tarifas del área española del Registro de Derechos de Emisión de la Unión Europea en el marco de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 97349

Decreto 1264/2005, de 21 de octubre, por el que se regula la organización y
funcionamiento del Registro nacional de derechos de emisión.
A finales del año 2023, el Reglamento Delegado (UE) 2019/1122 de la Comisión,
de 12 de marzo de 2019 ha sido modificado mediante el Reglamento Delegado (UE)
2023/2904 de la Comisión, de 25 de octubre de 2023 que completa
la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al
funcionamiento del Registro de la Unión. Ha sido publicado en el «Diario Oficial de la
Unión Europea» (DOUE, núm. 2904) de 29 de diciembre de 2023 y es aplicable a partir
de 1 de enero de 2024. Es parte del desarrollo normativo derivado del paquete de
medidas «Objetivo 55» («Fit for 55» en inglés) que pretende reformar el RCDE UE y
hacerlo más ambicioso para la consecución del objetivo climático de la UE de reducir las
emisiones de gases de efecto invernadero de la UE en al menos un 55 % en 2030 con
respecto a los niveles de 1990.
Entre el conjunto de medidas que integra el paquete legislativo «Objetivo 55»
destaca, entre otras normas, la Directiva (UE) 2023/959 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 10 de mayo de 2023, que modifica la Directiva 2003/87/CE por la que se
establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto
invernadero en la Unión y la Decisión (UE) 2015/1814, relativa al establecimiento y
funcionamiento de una reserva de estabilidad del mercado en el marco del régimen para
el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión.
Es necesario señalar que, como consecuencia de esta reforma, el RCDE UE se
amplía a las emisiones procedentes del transporte marítimo y, además, se crea un nuevo
régimen independiente de comercio de derechos de emisión para los combustibles
consumidos en edificios, el transporte por carretera y otros sectores adicionales.
Así, se espera un aumento muy significativo de las cuentas de haberes que van a
tener que ser alojadas en el Registro de la Unión. Por lo que se refiere al transporte
marítimo, la Decisión de Ejecución (UE) 2024/411 de la Comisión, de 30 de enero
de 2024, sobre la lista de empresas navieras, en la que se especifica la autoridad
responsable de la gestión de una empresa naviera de conformidad con la
Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, establece la lista de
atribución inicial de cuatrocientas cincuenta empresas navieras bajo la autoridad
responsable de España, las cuales estarán obligadas a abrir una cuenta de haberes de
operador marítimo en el área española del Registro de la Unión. Esto implica un
aumento de volumen de cuentas (24 %) en relación con las cuentas de haberes abiertas
a fecha de 31 de diciembre de 2023 en el área española del Registro de la Unión.
Asimismo, la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de
octubre de 2003, también establece la posibilidad de que una empresa naviera que no
figure en la lista pueda ser atribuida a España en base a los criterios del artículo 3 octies
septies 1. En este sentido, conviene destacar que un 95 % de las empresas incluidas en
la lista de la Decisión de Ejecución (UE) 2024/411 de la Comisión, de 30 de enero
de 2024, son de nacionalidad extranjera, lo que implica una mayor dificultad en la
verificación de la documentación exigida por la normativa de la Unión Europea.
En cuanto al régimen de comercio de derechos de emisión para los combustibles
consumidos en los edificios, el transporte por carretera y otros sectores adicionales, las
primeras estimaciones de los sujetos obligados indican que podrían ascender a
setecientas cincuenta entidades, lo que implica un aumento de volumen significativo
(40 %) en relación con las cuentas de haberes abiertas a fecha de 31 de diciembre
de 2023 en el área española del Registro de la Unión.
Aunque en menor medida, también van a tener incidencia en el Registro de la Unión
los cambios que se introducen en el RCDE UE para el sector de las instalaciones fijas,
como por ejemplo la inclusión de las instalaciones de tratamiento de residuos sólidos
urbanos, o las instalaciones de producción de hidrógeno renovable. Así, un número
limitado y por determinar de instalaciones deberán solicitar la apertura de cuenta en el
área española del Registro de la Unión, frente al número actual de instalaciones.

cve: BOE-A-2024-15705
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Núm. 184