III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Subvenciones. (BOE-A-2024-15688)
Orden TRM/800/2024, de 17 de julio, por la que se modifican la Orden TMA/780/2022, de 21 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas para la realización de cursos de formación para la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte y la movilidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se convocan subvenciones en 2022 para la realización de cursos de formación para la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte y la movilidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU; y la Resolución de 19 de agosto de 2023, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de concesión de subvenciones de la convocatoria en 2022 para la realización de cursos de formación para la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte y la movilidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183

Martes 30 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 97218

Final segunda del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales.
Esta avocación se notificará a los interesados en el procedimiento simultáneamente
a la resolución final que se dicte.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10.2 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra este acuerdo de avocación no
cabrá recurso, aunque podrá impugnarse en el que, en su caso, se interponga contra la
resolución del procedimiento.
Artículo segundo. Modificación de la Orden TMA/780/2022, de 21 de julio, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas
para la realización de cursos de formación para la capacitación digital y sostenibilidad
en el ámbito del transporte y la movilidad, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
La Orden TMA/780/2022, de 21 de julio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones públicas para la realización de cursos de
formación para la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte y la
movilidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se
modifica como sigue:
Uno. Se modifica el punto 2 del artículo 9, cuya redacción queda como sigue:
«2. Serán gastos subvencionables los gastos corrientes relativos a la
organización e impartición de acciones formativas orientadas a la adquisición y
mejora de competencias profesionales relacionadas con la capacitación digital y
sostenibilidad en el ámbito del transporte y la movilidad, así como la logística, la
operación y el mantenimiento de las infraestructuras vinculadas, que cumplan las
características establecidas en el capítulo III de la presente orden ministerial y que
se realicen antes del 31 de diciembre de 2025.»
Dos.

Se modifica el punto 1 del artículo 13, cuya redacción queda como sigue:

«1. El período de ejecución de cada acción formativa subvencionada se
determinará en la resolución de concesión y, en todo caso, finalizará antes del 31
de diciembre de 2025.»
Tres. Se modifica el artículo 16, cuya redacción queda como sigue:

Artículo tercero. Modificación de la Resolución de la Secretaría de Estado de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de 28 de septiembre de 2022, por la que
se convocan subvenciones en 2022 para la realización de cursos de formación para
la capacitación digital y sostenibilidad en el ámbito del transporte y la movilidad, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –Financiado por la
Unión Europea– Next Generation EU.
Uno.
sigue:

Se modifica el último párrafo del punto Tercero, cuya redacción queda como

«El plazo de ejecución de cada acción formativa subvencionada se
determinará en la resolución de concesión, de acuerdo con la propuesta realizada

cve: BOE-A-2024-15688
Verificable en https://www.boe.es

«Las acciones formativas que se financien al amparo de esta orden ministerial
se podrán ejecutar desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de
la subvención a los beneficiarios hasta el 31 de diciembre de 2025, según el periodo
de impartición que se determine en la resolución de concesión, de acuerdo con la
propuesta realizada por el beneficiario en la solicitud de la subvención.»