III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2024-15689)
Orden TED/801/2024, de 26 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias del Programa de incentivos para proyectos de producción y consumo de hidrógeno renovable (clústeres o valles), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Martes 30 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 97246
se encuentre en alguno de los supuestos de evaluación de impacto ambiental obligatoria
contemplados en el artículo 7 de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental, se aportará
una Declaración Responsable del Promotor del Proyecto sobre la no afección
medioambiental del proyecto.
xvi. Informe que incluya los contenidos que permitan justificar las puntuaciones de
acuerdo con los criterios de valoración que establezcan las convocatorias.
b)
i.
Documentación acreditativa del tipo de solicitante.
Información básica.
La siguiente información será aportada en cualquier caso y será introducida en el
Formulario de Solicitud de ayuda a través de la sede electrónica de IDAE:
1. Nombre y apellidos o razón social del solicitante y en su caso del representante
legal.
2. NIF del solicitante y en su caso, del representante legal.
3. Naturaleza jurídica del solicitante.
4. Tipo de empresa (si procede): pequeña empresa, mediana empresa, gran
empresa.
5. Domicilio del solicitante y en su caso del representante legal: municipio,
provincia, comunidad autónoma o ciudades de Ceuta y Melilla.
6. En caso de actuación realizada en municipios de menos de 20.000 habitantes
cuyos núcleos urbanos tienen una población menor o igual a 5.000 habitantes,
indíquese.
ii.
Información específica.
A. Acreditación de dicha condición, según las definiciones contenidas en el
artículo 2 del anexo I, del Reglamento UE 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio
de 2014, aportando una declaración responsable de tipo y categoría de empresa
firmada por el representante de la entidad que especifique: el volumen de negocios y
cifra de balance general anual resultante de las cuentas anuales de la empresa
solicitante y de las empresas asociadas o vinculadas, correspondientes a los dos
últimos ejercicios contables cerrados, y que hayan sido depositadas en el Registro
correspondiente, el número de empleados de la empresa, así como los de las
empresas asociadas o vinculadas y la calificación como empresa autónoma, o bien se
indique las empresas asociadas o vinculadas incluyendo los datos de participación
respectivos.
B. Cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil correspondientes a los
dos últimos ejercicios anuales. En el caso de que la empresa pertenezca a un grupo
obligado a consolidar, también se aportarán las cuentas anuales consolidadas del grupo
correspondientes a los dos últimos ejercicios anuales.
cve: BOE-A-2024-15689
Verificable en https://www.boe.es
1. Escritura pública de constitución y estatutos actualizados con justificante de
inscripción en el registro correspondiente. En el caso de agrupaciones, la escritura
pública de constitución, presentada ante notario, contendrá como mínimo denominación,
objeto, domicilio social, duración, socios y porcentajes de participación, designación de
gerente único, así como la constancia de la responsabilidad solidaria e ilimitada de cada
uno de los socios.
2. Para aquellos solicitantes que realicen alguna actividad económica,
documentación que acredite la inscripción en el Censo de Empresarios, Profesionales y
Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o equivalente, que debe
reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada y su situación censal a la
fecha de solicitud de la ayuda.
3. Para las Medianas y Pequeñas Empresas:
Núm. 183
Martes 30 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 97246
se encuentre en alguno de los supuestos de evaluación de impacto ambiental obligatoria
contemplados en el artículo 7 de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental, se aportará
una Declaración Responsable del Promotor del Proyecto sobre la no afección
medioambiental del proyecto.
xvi. Informe que incluya los contenidos que permitan justificar las puntuaciones de
acuerdo con los criterios de valoración que establezcan las convocatorias.
b)
i.
Documentación acreditativa del tipo de solicitante.
Información básica.
La siguiente información será aportada en cualquier caso y será introducida en el
Formulario de Solicitud de ayuda a través de la sede electrónica de IDAE:
1. Nombre y apellidos o razón social del solicitante y en su caso del representante
legal.
2. NIF del solicitante y en su caso, del representante legal.
3. Naturaleza jurídica del solicitante.
4. Tipo de empresa (si procede): pequeña empresa, mediana empresa, gran
empresa.
5. Domicilio del solicitante y en su caso del representante legal: municipio,
provincia, comunidad autónoma o ciudades de Ceuta y Melilla.
6. En caso de actuación realizada en municipios de menos de 20.000 habitantes
cuyos núcleos urbanos tienen una población menor o igual a 5.000 habitantes,
indíquese.
ii.
Información específica.
A. Acreditación de dicha condición, según las definiciones contenidas en el
artículo 2 del anexo I, del Reglamento UE 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio
de 2014, aportando una declaración responsable de tipo y categoría de empresa
firmada por el representante de la entidad que especifique: el volumen de negocios y
cifra de balance general anual resultante de las cuentas anuales de la empresa
solicitante y de las empresas asociadas o vinculadas, correspondientes a los dos
últimos ejercicios contables cerrados, y que hayan sido depositadas en el Registro
correspondiente, el número de empleados de la empresa, así como los de las
empresas asociadas o vinculadas y la calificación como empresa autónoma, o bien se
indique las empresas asociadas o vinculadas incluyendo los datos de participación
respectivos.
B. Cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil correspondientes a los
dos últimos ejercicios anuales. En el caso de que la empresa pertenezca a un grupo
obligado a consolidar, también se aportarán las cuentas anuales consolidadas del grupo
correspondientes a los dos últimos ejercicios anuales.
cve: BOE-A-2024-15689
Verificable en https://www.boe.es
1. Escritura pública de constitución y estatutos actualizados con justificante de
inscripción en el registro correspondiente. En el caso de agrupaciones, la escritura
pública de constitución, presentada ante notario, contendrá como mínimo denominación,
objeto, domicilio social, duración, socios y porcentajes de participación, designación de
gerente único, así como la constancia de la responsabilidad solidaria e ilimitada de cada
uno de los socios.
2. Para aquellos solicitantes que realicen alguna actividad económica,
documentación que acredite la inscripción en el Censo de Empresarios, Profesionales y
Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o equivalente, que debe
reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada y su situación censal a la
fecha de solicitud de la ayuda.
3. Para las Medianas y Pequeñas Empresas: