III. Otras disposiciones. ADMINISTRACIÓN LOCAL. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-15572)
Resolución de 17 de julio de 2024, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración como bien de interés cultural, con categoría de monumento, de las casas de Sa Granja de Esporles, y con categoría de jardín histórico el conjunto de sus jardines y huertos en bancales, en el término municipal de Esporles.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Sábado 27 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 96684

deprimido ocupado también por los jardines. En la parte izquierda del torrente se
extiende la zona de bosques y la zona conocida como «el huerto de la Granja», ocupada
por tres bancales.
El acceso a la posesión se realiza a través de un paseo asfaltado y paralelo al
«jardín bajo» que discurre por el margen inferior recorriendo la cerca del torrente. El
paseo se encuentra elevado con respecto al jardín y delimitado por un muro de piedra en
verde. En la otra parte del paseo discurre una hilera de plataneros y un muro de piedra
careado.
Al final del paseo se encuentran unas edificaciones recientes, que servían como bar
y punto de recibimiento a los turistas. A través de un porche se accede a la carrera. Este
espacio de bienvenida, con cuatro grandes plataneros y esculturas femeninas en los
pies, se encuentra delimitado por la fachada principal de las casas (fachada norte) y la
rampa escalonada, situada en el oeste, que conduce en el bancal superior. Este bancal
hace también frente a la carrera mediante un muro de piedra de grandes dimensiones
con unos arcos en la cota baja. Finalmente, la carrera queda limitada al este por el
acceso al jardín bajo.
Las casas
La configuración de las casas que llegó al final del siglo XX (previo a la adaptación
de las casas al uso turístico) es el resultado de las profundas reformas llevadas a cabo
en el siglo XVIII, que otorgaron en el edificio el aspecto señorial que las caracteriza. Es
en esta época cuando se unifican todos los espacios en torno al patio empedrado
(clastra) central, se construye la lonja barroca o se formaliza la fachada monumental,
encarada al norte. Una serie de reformas, con un contenido escenográfico importante,
que afectaron también los espacios exteriores.
El conjunto edificado de las casas se articula en torno al claustro, de planta
trapezoidal, y de la carrera, y es el resultado de la adición de diferentes construcciones
que se adaptan a la morfología del terreno, con un pronunciado desnivel. Este hecho
determina las estructuras y la composición arquitectónica, así como el emplazamiento
primigenio, en diferente cota, de las dos casas originales, «casas de arriba» y «casas de
abajo» que constituían la posesión inicial, surgidas a partir de los dos núcleos primitivos;
la almazara y los molinos hidráulicos.
Las casas de Sa Granja forman un edificio heterogéneo de tres plantas que se
articula en torno a los dos vacíos centrales, quedando los usos repartidos de la siguiente
manera:
A. La zona que rodea el patio empedrado (clastra), destinada principalmente al uso
residencial y de representación. En la planta sótano se organizaban las dependencias
relacionadas con las actividades tradicionales de la casa, en planta baja se encuentran
los
espacios destinados a las actividades económicas (bodega, telares, almazara...) y en
la planta noble se encuentran las estancias de los señores.
Las edificaciones que rodean la carrera:

a) Los volúmenes situados en la vertiente oeste, y que se corresponden con la
almazara, la tienda de aceite y otros espacios destinados también a la producción de
aceite y a los animales.
b) Las construcciones situadas al norte, y que se corresponden con pequeños
almacenes, dentro del margen de contención.

cve: BOE-A-2024-15572
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B.