III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-15567)
Resolución de 12 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Cilindro Solar, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Cilindro Solar, de 83 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Numancia de la Sagra, Esquivias y Yeles en la provincia de Toledo, y Torrejón de Velasco en la Comunidad de Madrid.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 27 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96660
– Ajuste del vallado, motivado por el resultado del estudio hidrológico realizado con
el objeto de respetar la servidumbre del Arroyo Innominado, ubicado en Numancia de la
Sagra.
– Reubicación de algunas infraestructuras dentro del vallado de la planta con objeto
de excluir éstas de las zonas catalogadas como pasto arbustivo y terreno forestal,
motivado por el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de
Castilla-La Mancha.
– Nueva reubicación de la subestación Torrejón de Velasco Renovables 220/400 kV
una distancia de 200 metros al este, ocupando por ello parcelas no contempladas
anteriormente, con el objetivo de respetar la distancia reglamentaria entre la citada
subestación y la línea a 400 kV D/C Morata-Moraleja/Morata-Villaviciosa, propiedad de
Red Eléctrica de España, en los vanos 80 y 81. A consecuencia de ello, también se
modifican los trazados de la línea mixta aérea-subterránea a 220 kV entre subestación
eléctrica SET Numancia 4 30/220 kV - subestación eléctrica SET Torrejón de Velasco
Renovables 220/400 kV y de la línea aérea a 400 kV subestación eléctrica SET Torrejón
de Velasco Renovables 220/400 kV - subestación eléctrica SET Torrejón de Velasco 400
kV (REE). Estas modificaciones fueron motivadas por el informe recibido de Red
Eléctrica de España (REE).
– Soterramiento de una parte de línea mixta aérea-subterránea a 220 kV entre
subestación eléctrica SET Numancia 4 30/220 kV - subestación eléctrica SET Torrejón
de Velasco Renovables 220/400 kV en el tramo coincidente con el Programa de
Actuación Urbanística Espantabolsas, motivado por el informe recibido del Ayuntamiento
de Yeles, con el objeto de evitar la afección al suelo urbanizable en ejecución.
El expediente fue de nuevo incoado en el Área Funcional de Industria y Energía de la
Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid y en el Área de Industria y Energía
de la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha, y se ha tramitado de conformidad
con lo previsto en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones,
organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte
que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición, del Canal de
Isabel II; de la Dirección General de Protección Civil, Agencia de Seguridad y
Emergencias 112 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior Comunidad
de Madrid; y de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal, Consejería de
Medio Ambiente, Vivienda e Interior de la Comunidad de Madrid. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestación de la Dirección General de Carreteras y Transportes,
Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha; de la Dirección General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación, Área de Vías Pecuarias, Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e interior de la Comunidad de Madrid; y de la Confederación Hidrográfica del
Tajo, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de
solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor
de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, SAU, en el que no presenta
oposición a la nueva localización de la subestación eléctrica ubicación de la ST Torrejón
de Velasco Renovables 220/400 kV. Sin embargo, sí manifiesta que, en relación al
paralelismo entre los apoyos 81 y 82 entre la línea aérea a 400 kV subestación eléctrica
SET Torrejón de Velasco Renovables 220/400 kV - subestación eléctrica SET Torrejón de
Velasco 400 kV (REE) con la línea de su propiedad 400 kV D/C Morata-Moraleja /
Morata-Villaviciosa, no cumple con lo indicado en el Reglamento de Condiciones
Técnicas y Garantías de Seguridad en Líneas Eléctricas de Alta Tensión, aprobado en
Real Decreto 223/2008. No obstante, señala que en caso de que no exista otra
alternativa que mantenga una distancia mínima, y siempre y cuando cuente con la
autorización del organismo competente, Red Eléctrica no presentaría oposición a dicho
cve: BOE-A-2024-15567
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 181
Sábado 27 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96660
– Ajuste del vallado, motivado por el resultado del estudio hidrológico realizado con
el objeto de respetar la servidumbre del Arroyo Innominado, ubicado en Numancia de la
Sagra.
– Reubicación de algunas infraestructuras dentro del vallado de la planta con objeto
de excluir éstas de las zonas catalogadas como pasto arbustivo y terreno forestal,
motivado por el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de
Castilla-La Mancha.
– Nueva reubicación de la subestación Torrejón de Velasco Renovables 220/400 kV
una distancia de 200 metros al este, ocupando por ello parcelas no contempladas
anteriormente, con el objetivo de respetar la distancia reglamentaria entre la citada
subestación y la línea a 400 kV D/C Morata-Moraleja/Morata-Villaviciosa, propiedad de
Red Eléctrica de España, en los vanos 80 y 81. A consecuencia de ello, también se
modifican los trazados de la línea mixta aérea-subterránea a 220 kV entre subestación
eléctrica SET Numancia 4 30/220 kV - subestación eléctrica SET Torrejón de Velasco
Renovables 220/400 kV y de la línea aérea a 400 kV subestación eléctrica SET Torrejón
de Velasco Renovables 220/400 kV - subestación eléctrica SET Torrejón de Velasco 400
kV (REE). Estas modificaciones fueron motivadas por el informe recibido de Red
Eléctrica de España (REE).
– Soterramiento de una parte de línea mixta aérea-subterránea a 220 kV entre
subestación eléctrica SET Numancia 4 30/220 kV - subestación eléctrica SET Torrejón
de Velasco Renovables 220/400 kV en el tramo coincidente con el Programa de
Actuación Urbanística Espantabolsas, motivado por el informe recibido del Ayuntamiento
de Yeles, con el objeto de evitar la afección al suelo urbanizable en ejecución.
El expediente fue de nuevo incoado en el Área Funcional de Industria y Energía de la
Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid y en el Área de Industria y Energía
de la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha, y se ha tramitado de conformidad
con lo previsto en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones,
organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte
que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición, del Canal de
Isabel II; de la Dirección General de Protección Civil, Agencia de Seguridad y
Emergencias 112 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior Comunidad
de Madrid; y de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal, Consejería de
Medio Ambiente, Vivienda e Interior de la Comunidad de Madrid. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestación de la Dirección General de Carreteras y Transportes,
Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha; de la Dirección General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación, Área de Vías Pecuarias, Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e interior de la Comunidad de Madrid; y de la Confederación Hidrográfica del
Tajo, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de
solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor
de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, SAU, en el que no presenta
oposición a la nueva localización de la subestación eléctrica ubicación de la ST Torrejón
de Velasco Renovables 220/400 kV. Sin embargo, sí manifiesta que, en relación al
paralelismo entre los apoyos 81 y 82 entre la línea aérea a 400 kV subestación eléctrica
SET Torrejón de Velasco Renovables 220/400 kV - subestación eléctrica SET Torrejón de
Velasco 400 kV (REE) con la línea de su propiedad 400 kV D/C Morata-Moraleja /
Morata-Villaviciosa, no cumple con lo indicado en el Reglamento de Condiciones
Técnicas y Garantías de Seguridad en Líneas Eléctricas de Alta Tensión, aprobado en
Real Decreto 223/2008. No obstante, señala que en caso de que no exista otra
alternativa que mantenga una distancia mínima, y siempre y cuando cuente con la
autorización del organismo competente, Red Eléctrica no presentaría oposición a dicho
cve: BOE-A-2024-15567
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 181