I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Universidades privadas. (BOE-A-2024-15509)
Ley 1/2024, de 16 de abril, de reconocimiento de la universidad privada "Universidad Tecnológica de las Islas Canarias".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 27 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 96371
La universidad ofrecerá un importante catálogo de títulos oficiales de primer, segundo
y tercer ciclo, prestando una especial atención a los títulos propios y a los títulos oficiales
de posgrado, así como a las escuelas e institutos de especialización y de Formación
Profesional y a la formación en idiomas. Todo ello con especial énfasis en el ámbito de la
sanidad, la educación y las ciencias del desarrollo, dos de los principales pilares
vertebradores de la sociedad y en los que mayor déficit presenta Latinoamérica.
A diferencia de la educación presencial tradicional, la educación en línea abre un
impresionante abanico de posibilidades para formar a colectivos, sin ningún tipo de
limitación geográfica y con una economía contenida. Es un instrumento sin precedente
histórico para la educación en las zonas de mayor exclusión y, de manera especial, en
las periféricas.
Esta universidad propone una oferta de estudios, en modalidad no presencial, que
abarca diversas áreas de conocimiento. Las titulaciones ofertadas girarán en torno a la
educación, las finanzas, la economía, la psicología y el estudio del delito. Asimismo,
afirma que se presentan conforme a las necesidades educativas que se dan en
Canarias, priorizando inicialmente las necesidades de capacitación y actualización del
colectivo de personas educadoras y haciendo especial hincapié en el bilingüismo.
La Universidad Tecnológica de las Islas Canarias inicialmente estará integrada por
facultades, departamentos y por otros centros y estructuras básicas, que organizarán la
enseñanza en la modalidad virtual (online). Además, podrán existir institutos
universitarios e interuniversitarios de investigación. Las facultades serán tres: de
Economía y Empresa, de Educación y Psicología y de Ciencias Sociales y Jurídicas.
Los departamentos son los órganos a los que estará adscrito el profesorado de la
universidad, según las áreas de conocimiento, y serán los encargados de organizar y
desarrollar la investigación y la docencia de un área o grupo de áreas de conocimiento
afines.
El reconocimiento de una nueva universidad privada es una oportunidad para acortar
la brecha de género existente en las tasas de empleo mediante una contratación
responsable de personal y de esta forma contribuir a disminuir esta desigualdad.
Asimismo, la Universidad Tecnológica de las Islas Canarias habrá de atenerse a lo
dispuesto en la Ley Orgánica de Universidades referente a la igualdad entre ambos
sexos, tal y como se establece en sus artículos 41.1 y 46.2.b).
La Universidad Tecnológica de las Islas Canarias, en su caso, tendrá en
consideración lo establecido en el capítulo III, bajo la rúbrica «Los planes de igualdad de
las empresas y otras medidas de promoción de la igualdad», del título IV de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Asimismo, tendrá presente lo dispuesto en el artículo 10, «Lenguaje no sexista e imagen
pública en medios de comunicación social y publicidad», de la Ley 1/2010, de 26 de
febrero, canaria de igualdad entre mujeres y hombres.
La Universidad Tecnológica de las Islas Canarias procurará la promoción de la
matrícula en las carreras técnicas existentes en su oferta formativa con el fin de disminuir
la brecha de género en las personas egresadas en este tipo de titulaciones, mediante
campañas publicitarias, jornadas de motivación y orientación profesional, incentivos
específicos y transitorios, mediante bonificación en tasas universitarias, etc.
La tramitación del expediente de reconocimiento de la Universidad Tecnológica de
las Islas Canarias se ha realizado de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 4, 5 y 6
de la Ley Orgánica de Universidades; en el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 4 de abril,
sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, y en el
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Agencia Canaria de Calidad
Universitaria y Evaluación Educativa (Accuee), aprobado por Decreto 250/2017, de 26 de
diciembre.
Esta ley viene a reconocer a la Universidad Tecnológica de las Islas Canarias como
universidad privada. La universidad, una vez reconocida, debe llevar a cabo las
actuaciones que la legislación en vigor establece para el otorgamiento de la autorización
de inicio de sus actividades. El comienzo de la actividad de la universidad será
cve: BOE-A-2024-15509
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 181
Sábado 27 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 96371
La universidad ofrecerá un importante catálogo de títulos oficiales de primer, segundo
y tercer ciclo, prestando una especial atención a los títulos propios y a los títulos oficiales
de posgrado, así como a las escuelas e institutos de especialización y de Formación
Profesional y a la formación en idiomas. Todo ello con especial énfasis en el ámbito de la
sanidad, la educación y las ciencias del desarrollo, dos de los principales pilares
vertebradores de la sociedad y en los que mayor déficit presenta Latinoamérica.
A diferencia de la educación presencial tradicional, la educación en línea abre un
impresionante abanico de posibilidades para formar a colectivos, sin ningún tipo de
limitación geográfica y con una economía contenida. Es un instrumento sin precedente
histórico para la educación en las zonas de mayor exclusión y, de manera especial, en
las periféricas.
Esta universidad propone una oferta de estudios, en modalidad no presencial, que
abarca diversas áreas de conocimiento. Las titulaciones ofertadas girarán en torno a la
educación, las finanzas, la economía, la psicología y el estudio del delito. Asimismo,
afirma que se presentan conforme a las necesidades educativas que se dan en
Canarias, priorizando inicialmente las necesidades de capacitación y actualización del
colectivo de personas educadoras y haciendo especial hincapié en el bilingüismo.
La Universidad Tecnológica de las Islas Canarias inicialmente estará integrada por
facultades, departamentos y por otros centros y estructuras básicas, que organizarán la
enseñanza en la modalidad virtual (online). Además, podrán existir institutos
universitarios e interuniversitarios de investigación. Las facultades serán tres: de
Economía y Empresa, de Educación y Psicología y de Ciencias Sociales y Jurídicas.
Los departamentos son los órganos a los que estará adscrito el profesorado de la
universidad, según las áreas de conocimiento, y serán los encargados de organizar y
desarrollar la investigación y la docencia de un área o grupo de áreas de conocimiento
afines.
El reconocimiento de una nueva universidad privada es una oportunidad para acortar
la brecha de género existente en las tasas de empleo mediante una contratación
responsable de personal y de esta forma contribuir a disminuir esta desigualdad.
Asimismo, la Universidad Tecnológica de las Islas Canarias habrá de atenerse a lo
dispuesto en la Ley Orgánica de Universidades referente a la igualdad entre ambos
sexos, tal y como se establece en sus artículos 41.1 y 46.2.b).
La Universidad Tecnológica de las Islas Canarias, en su caso, tendrá en
consideración lo establecido en el capítulo III, bajo la rúbrica «Los planes de igualdad de
las empresas y otras medidas de promoción de la igualdad», del título IV de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Asimismo, tendrá presente lo dispuesto en el artículo 10, «Lenguaje no sexista e imagen
pública en medios de comunicación social y publicidad», de la Ley 1/2010, de 26 de
febrero, canaria de igualdad entre mujeres y hombres.
La Universidad Tecnológica de las Islas Canarias procurará la promoción de la
matrícula en las carreras técnicas existentes en su oferta formativa con el fin de disminuir
la brecha de género en las personas egresadas en este tipo de titulaciones, mediante
campañas publicitarias, jornadas de motivación y orientación profesional, incentivos
específicos y transitorios, mediante bonificación en tasas universitarias, etc.
La tramitación del expediente de reconocimiento de la Universidad Tecnológica de
las Islas Canarias se ha realizado de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 4, 5 y 6
de la Ley Orgánica de Universidades; en el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 4 de abril,
sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, y en el
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Agencia Canaria de Calidad
Universitaria y Evaluación Educativa (Accuee), aprobado por Decreto 250/2017, de 26 de
diciembre.
Esta ley viene a reconocer a la Universidad Tecnológica de las Islas Canarias como
universidad privada. La universidad, una vez reconocida, debe llevar a cabo las
actuaciones que la legislación en vigor establece para el otorgamiento de la autorización
de inicio de sus actividades. El comienzo de la actividad de la universidad será
cve: BOE-A-2024-15509
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 181