III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-15500)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo del Grupo Envera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Viernes 26 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 96272

– Contemplar la participación de las personas trabajadoras mayores de cuarenta y
cinco años en función de su proporción en la plantilla de las empresas.
– Contemplar la participación de las personas trabajadoras no cualificados en
función de su proporción en la plantilla de las empresas.
2.

Criterios de prioridad de las comisiones paritarias sectoriales:

El Grupo Envera adaptará las características que sucesivamente son establecidas
por la Comisión Paritaria sectorial, manteniendo las siguientes:
– Referidos a las empresas:
● Prevenir situaciones de reconversión o riesgo de pérdida de puesto de trabajo en
todos los centros de las entidades del Grupo Envera, centros especiales de empleo y/o
ocupacionales.
● Prevenir situaciones de reconversión o riesgo de pérdida de puesto de trabajo en
los centros que imparten programas de garantía social.
● Fomentar la adaptación de la empresa en situación de cambio y/o adaptación a
otras actividades.
– Referidos a las personas trabajadoras:
● Dirigirse hacia colectivos con mayores necesidades de formación: Adaptación de
los puestos de trabajo a la evolución del sistema productivo.
– Referidos al plan de formación:
● Desarrollar preferentemente planes globales del Grupo Envera frente a planes
agrupados de las distintas entidades que lo integran.
● Dirigir la formación a cualificaciones escasas en el sector:
○ Acciones destinadas a la mejora de «habilidades» profesionales para afrontar
situaciones complejas derivadas de la «normalización» e integración de las personas con
discapacidad.
○ Acciones vinculadas a la práctica docente: actualización científico-didáctica,
metodología, programación, evaluación, diagnóstico, rehabilitación, tutoría, orientación,
áreas transversales, proyecto curricular, equipos directivos.
○ Acciones de especialización.
○ Acciones para el conocimiento y manejo de nuevas tecnologías aplicadas a la
enseñanza, al diagnóstico, y a la rehabilitación de las personas con discapacidad, así
como a la investigación y formación para el empleo.
○ Acciones dirigidas a la prevención de riesgos laborales y/o promoción de la salud
en el trabajo.
○ Acciones de nuevas tecnologías y/o idioma.

○ Los centros de trabajo o en el mismo ámbito de influencia (provincia o provincias
limítrofes).
○ Centros de formación públicos o privados reconocidos y adecuados a la acción
formativa.
○ Desarrollar acciones formativas de carácter presencial frente a otras modalidades.
Desarrollar acciones reconocidas (créditos) a efectos académicos por una administración
educativa con competencias.
– Referidos al sector o territorio: Se priorizará el desarrollo de planes de empresa
dirigidos a todos los centros de las entidades del Grupo Envera, con especial interés en
el desarrollo de acciones formativas en las centros ubicados en Barcelona, Málaga,
Tenerife y Las Palmas.

cve: BOE-A-2024-15500
Verificable en https://www.boe.es

● Desarrollar las acciones en: