III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-15500)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo del Grupo Envera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Viernes 26 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 96255

la ejecución de cuantas instrucciones reciba de la empresa para la buena marcha
administrativa y la ordenación de los servicios.
13.

Adjunto/a de producción.

Competencia general: A las órdenes del Jefe de producción, si lo hubiere, dirige los
trabajos del taller con responsabilidad sobre la forma de ordenarlos. Le corresponde la
dirección del personal a sus órdenes, la actualización profesional o instrucción de las
personas con discapacidad a él encomendadas en los centros especiales de empleo,
participando directamente en las actividades de producción cuando existan.
14.

Jefe/a de 1.ª de administración.

Competencia general: Es el profesional, provisto o no de poderes y bajo la
dependencia directa de la dirección, que tiene a su cargo la gestión administrativa del
centro. Cuenta con una preparación completa en los distintos trabajos que una
administración supone, está al tanto de la legislación y disposiciones oficiales que se
dicten en relación con el servicio que tiene encomendado y es el máximo responsable de
la ejecución de cuantas instrucciones reciba de la empresa para la buena marcha
administrativa y la ordenación de los servicios.
Grupo III. Personal técnico.
– Técnico:
1.

Cocinero/a.

Competencia general: Desarrolla los procesos de pre-elaboración, preparación,
presentación y conservación de los alimentos, definiendo ofertas gastronómicas,
aplicando con autonomía las técnicas correspondientes, respetando las normas y
prácticas de seguridad e higiene en la manipulación alimentaria.
2.

Conductor/a.

Competencia general: Realiza el transporte de mercancías y/o de personas en
vehículos de más de 1 + 8 plazas y de hasta 1 + 8 plazas, de manera segura,
responsable y económica, siguiendo las instrucciones recibidas y programas de servicio,
aplicando la reglamentación y normativa vigente en materia de transporte de viajeros,
salud, seguridad vial y medioambiental.
3.

Oficial/a de 1.ª de administración.

Competencia general: Actúa, con iniciativa y responsabilidad, a las órdenes de un
jefe o técnico y realiza trabajos que requieren cálculos, estudio, preparación y
condiciones adecuadas, tales como cálculos de estadística, trascripción de libros de
cuentas corrientes, redacción de correspondencia con iniciativa propia, liquidaciones y
cálculo de nóminas de salarios, sueldos u operaciones análogas.
Oficial/a de 2.ª de administración.

Competencia general: Actúa, con iniciativa y responsabilidad, a las órdenes de un
jefe u oficial de 1.ª Realiza trabajos que requieren cálculos, estudio, preparación y
condiciones adecuadas, tales como cálculos de estadística, trascripción de libros de
cuentas corrientes, redacción de correspondencia con iniciativa propia, liquidaciones y
cálculo de nóminas de salarios, sueldos u operaciones análogas.
5.

Oficial/a de 1.ª de oficios.

Competencia general: Realiza el montaje de las instalaciones generales, controlando
su puesta en marcha, a partir de un proyecto de ejecución, y planifica, gestiona o realiza,

cve: BOE-A-2024-15500
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4.