III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-15500)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo del Grupo Envera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Viernes 26 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 96254

6. Técnico/a Superior en Integración Social/Técnico en programas de prevención e
inserción social.
Competencia general: Programa, organiza, desarrolla y evalúa proyectos y
actividades de entrenamiento de habilidades de autonomía personal y social que tengan
por objetivo la integración social, valorando la información obtenida sobre cada caso y
aplicando las estrategias y técnicas más adecuadas.
7.

Profesor/a de taller en CEE.

Competencia general: Interviene en el entorno personal y socio-laboral aplicando la
metodología de empleo o labor ocupacional con apoyo para facilitar el acceso y
mantenimiento del puesto de trabajo de las personas con discapacidad, realizando el
entrenamiento de las habilidades socio-laborales necesarias para su inserción,
manteniendo contactos con el entorno y colaborando en el análisis de puestos de
trabajo, así como realizando la gestión de información sobre recursos formativos y
socio-laborales existentes en el entorno de acuerdo con las directrices establecidas.
8.

Técnico/a especialista.

Competencia general: Supervisa y controla el montaje de instalaciones y producción,
controlando su puesta en marcha a partir de un proyecto de ejecución, y planifica,
gestiona o realiza, en su caso, el mantenimiento y la producción, de acuerdo con el
reglamento y normas establecidas y con la calidad prevista, garantizando la seguridad
integral de la instalación y la prevención de riesgos laborales y medioambientales.
9.

Gobernante/a.

Competencia general: Gestiona las actividades propias que se realizan en los
alojamientos de las personas con discapacidad, optimizando los recursos materiales y
humanos de que se dispone para ofrecer la mejor calidad del servicio y atención al
cliente, organizando y dirigiendo al personal de servicios domésticos, la custodia del
material, utensilios domésticos y alimentos, estando encargado, en su caso, de la
confección de menús, organización y control de la lavandería y lencería, etc.
10.

Jefe/a de cocina.

Competencia general: Administra unidades de producción culinaria, gestiona sus
procesos prestando asistencia técnica y operativa y determina ofertas gastronómicas,
optimizando los recursos materiales y humanos, responsabilizándose de la correcta
manipulación de los alimentos, de su condimentación y presentación, así como del
cuidado y control de todos los procesos, garantizando la adecuada conservación de sus
valores nutricionales en las debidas condiciones.
Jefe/a de producción.

Competencia general: Técnico que con mando directo sobre el adjunto de producción
y encargados, tiene la responsabilidad del trabajo, la disciplina y seguridad del personal.
Tiene a su cargo la dirección de los talleres, control de combustibles, materias primas,
etc., clasificación y distribución de trabajos y personal a su cargo, estudios de producción
y rendimiento, debiendo participar en la producción, cuando se produzca.
12.

Jefe/a de administración.

Competencia general: Es el profesional, provisto o no de poderes y bajo la
dependencia directa de la dirección, que tiene a su cargo la gestión administrativa del
centro. Cuenta con una preparación completa en los distintos trabajos que una
administración supone, está al tanto de la legislación y disposiciones oficiales que se
dicten en relación con el servicio que tiene encomendado y es el máximo responsable de

cve: BOE-A-2024-15500
Verificable en https://www.boe.es

11.