III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-15497)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de las escuelas italianas en España.
85 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Viernes 26 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96113
Los docentes con contrato a tiempo parcial podrán acordar, a principio de curso, el
número de horas inherentes a la enseñanza. Éstas serán proporcionales al número de
horas de servicio, sin perjuicio de los claustros de profesores y de las evaluaciones
intermedias y finales. Únicamente los docentes con un horario de servicio inferior a la
mitad del horario a tiempo completo podrán estar exentos de la participación a algunos
claustros de profesores y a alguna evaluación, previo acuerdo con el Director del Centro.
Artículo 36. Actividades anuales complementarias a la función docente de libre
elección.
Cada Centro, en cada curso escolar, ofertará al personal docente unas actividades
adicionales relacionadas con proyectos de mejora de la oferta formativa que podrían
incluir la participación a viajes de estudio, visitas guiadas, intercambios, entre otros, que
podrán ser compensadas con días libres o retribuidas con los fondos de las Escuelas,
atendiendo a los casos concretos y determinados por cada Centro.
Cada trabajador/a podrá aceptar o rechazar la actividad adicional ofertada libremente
y sin mayor trascendencia.
Las modalidades de compensación a elegir por el trabajador serán:
− O bien recuperación con días libres en períodos no lectivos (visitas guiadas: como
máximo cinco horas excedentes al horario de servicio/viajes de estudios: ocho horas
diarias por cada noche de pernocta) o en periodo lectivo sin coste para las Escuelas. En
caso de eventuales comidas no incluidas en el régimen de la visita, el Centro procederá
a reembolsar los gastos previa presentación de las facturas correspondientes, con un
máximo de 20,00 euros por comida y persona.
− O bien compensándolas económicamente que incluirá eventuales reembolsos de
gastos: cada Centro establecerá un importe mínimo de 85,00 euros por cada noche de
pernocta y otro de 40,00 euros mínimo por cada día de excursión. En caso de eventuales
comidas no incluidas en el régimen del viaje, el Centro procederá a reembolsar los
gastos previa presentación de las facturas correspondientes, con un máximo de 20,00
euros por comida y persona. En el caso de que el horario de la excursión sea inferior al
horario de la persona trabajadora no habrá compensación alguna.
− Para fracciones horarias inferiores a cuatro horas, se abonarán proporcionalmente
los 40,00 euros.
Las horas dedicadas a estas salidas tendrán en todo caso la consideración de
ordinarias y se considerarán incluidas en el cómputo anual de jornada.
Artículo 37.
Proyectos educativos contexto local.
Artículo 38. Descanso semanal y entre jornadas. Personal no docente.
Para el personal no docente las horas de trabajo se distribuirán a lo largo de la
semana, según las necesidades del Centro, sin que la jornada diaria pueda exceder de
ocho horas diarias de trabajo y cuatro horas la del sábado.
En caso de que este descanso, por razón de organización del trabajo, no pueda
tener lugar el sábado, se disfrutará en otro día de la semana.
En todo caso, entre el final de la jornada y el comienzo de la siguiente mediarán,
como mínimo, doce horas.
cve: BOE-A-2024-15497
Verificable en https://www.boe.es
Cada curso, tras la aprobación didáctica del Claustro de Profesores y la aprobación
económica por parte de la Administración, el personal docente podrá llevar a cabo
proyectos educativos para el alumnado de las escuelas.
Los proyectos educativos se llevarán a cabo en horario extraescolar y se focalizarán
en el análisis y la familiarización de contextos locales de tipo cultural, social, lingüístico
histórico o/y ambiental.
La retribución será igual que la del personal MAECI.
Núm. 180
Viernes 26 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 96113
Los docentes con contrato a tiempo parcial podrán acordar, a principio de curso, el
número de horas inherentes a la enseñanza. Éstas serán proporcionales al número de
horas de servicio, sin perjuicio de los claustros de profesores y de las evaluaciones
intermedias y finales. Únicamente los docentes con un horario de servicio inferior a la
mitad del horario a tiempo completo podrán estar exentos de la participación a algunos
claustros de profesores y a alguna evaluación, previo acuerdo con el Director del Centro.
Artículo 36. Actividades anuales complementarias a la función docente de libre
elección.
Cada Centro, en cada curso escolar, ofertará al personal docente unas actividades
adicionales relacionadas con proyectos de mejora de la oferta formativa que podrían
incluir la participación a viajes de estudio, visitas guiadas, intercambios, entre otros, que
podrán ser compensadas con días libres o retribuidas con los fondos de las Escuelas,
atendiendo a los casos concretos y determinados por cada Centro.
Cada trabajador/a podrá aceptar o rechazar la actividad adicional ofertada libremente
y sin mayor trascendencia.
Las modalidades de compensación a elegir por el trabajador serán:
− O bien recuperación con días libres en períodos no lectivos (visitas guiadas: como
máximo cinco horas excedentes al horario de servicio/viajes de estudios: ocho horas
diarias por cada noche de pernocta) o en periodo lectivo sin coste para las Escuelas. En
caso de eventuales comidas no incluidas en el régimen de la visita, el Centro procederá
a reembolsar los gastos previa presentación de las facturas correspondientes, con un
máximo de 20,00 euros por comida y persona.
− O bien compensándolas económicamente que incluirá eventuales reembolsos de
gastos: cada Centro establecerá un importe mínimo de 85,00 euros por cada noche de
pernocta y otro de 40,00 euros mínimo por cada día de excursión. En caso de eventuales
comidas no incluidas en el régimen del viaje, el Centro procederá a reembolsar los
gastos previa presentación de las facturas correspondientes, con un máximo de 20,00
euros por comida y persona. En el caso de que el horario de la excursión sea inferior al
horario de la persona trabajadora no habrá compensación alguna.
− Para fracciones horarias inferiores a cuatro horas, se abonarán proporcionalmente
los 40,00 euros.
Las horas dedicadas a estas salidas tendrán en todo caso la consideración de
ordinarias y se considerarán incluidas en el cómputo anual de jornada.
Artículo 37.
Proyectos educativos contexto local.
Artículo 38. Descanso semanal y entre jornadas. Personal no docente.
Para el personal no docente las horas de trabajo se distribuirán a lo largo de la
semana, según las necesidades del Centro, sin que la jornada diaria pueda exceder de
ocho horas diarias de trabajo y cuatro horas la del sábado.
En caso de que este descanso, por razón de organización del trabajo, no pueda
tener lugar el sábado, se disfrutará en otro día de la semana.
En todo caso, entre el final de la jornada y el comienzo de la siguiente mediarán,
como mínimo, doce horas.
cve: BOE-A-2024-15497
Verificable en https://www.boe.es
Cada curso, tras la aprobación didáctica del Claustro de Profesores y la aprobación
económica por parte de la Administración, el personal docente podrá llevar a cabo
proyectos educativos para el alumnado de las escuelas.
Los proyectos educativos se llevarán a cabo en horario extraescolar y se focalizarán
en el análisis y la familiarización de contextos locales de tipo cultural, social, lingüístico
histórico o/y ambiental.
La retribución será igual que la del personal MAECI.