III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2024-15413)
Orden TED/765/2024, de 22 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión en proyectos innovadores de energías renovables y almacenamiento, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables (Programa de energías renovables innovadoras), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 25 de julio de 2024

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instalaciones de producción de energía eléctrica que utilicen tecnología fotovoltaica y
eólica en su caso, así como el almacenamiento asociado a estos proyectos e
implantación de bombas de calor renovable, a través de cinco programas de incentivos
que así mismo se aprueban, de conformidad con lo dispuesto en esta orden, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
2. Las ayudas reguladas por esta orden tendrán como finalidad contribuir al
cumplimiento de los objetivos correspondientes a la inversión 1 del Componente 7, y a la
inversión 1 del Componente 31 (capítulo REPowerEU) del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
Las actuaciones promovidas por esta orden de bases contribuyen a los objetivos
CID 117, y 478. Para determinar la contribución de las ayudas reguladas por esta orden
de bases se tendrá en cuenta el mecanismo de verificación vigente en cada momento
(«operational agreement» OA) que se acuerde con la Comisión Europea.
La contribución o bien al objetivo CID 117 o bien al CID 478 vendrá determinada por
el origen de los fondos bien procedan estos de la C7.I1 (que contribuirán al objetivo
CID 117), bien de la C31.I1 (que contribuirán al objetivo CID 478).
3. Asimismo, contribuirán a los objetivos incluidos en la Ley 7/2021, de 20 de mayo,
de cambio climático y transición energética, así como los recogidos en el Plan Nacional
Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030.
Artículo 2. Ámbito geográfico y temporal.
1. El ámbito de actuación del programa comprenderá todo el territorio nacional, si
bien en cada convocatoria se podrá particularizar el ámbito geográfico de la subvención.
2. La vigencia de estas bases reguladoras aprobadas por esta orden de bases se
extenderá desde su entrada en vigor hasta el 30 de junio de 2026, fecha a partir de la
cual no podrán aprobarse nuevas convocatorias, sin perjuicio de que las ayudas
concedidas se sigan rigiendo por ella y hasta la finalización y cierre de los
correspondientes expedientes, incluyendo los eventuales procedimientos de reintegro.
Artículo 3. Régimen jurídico aplicable.
1. Las ayudas que se regulan en esta orden se regirán, además de por lo dispuesto
en la misma y en las respectivas convocatorias y resoluciones de concesión, por cuantas
normas vigentes que por su naturaleza jurídica pudieran resultar de aplicación, y, en
particular, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y en su reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones. En defecto de lo previsto en esta normativa, se
aplicarán las normas de derecho administrativo y, en último término, el derecho privado.
2. Las normas que se aprueben en el ámbito de la ejecución y gestión del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y en particular:
i. Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo de 14 de diciembre de 2020 por el que
se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la
recuperación tras la crisis de la COVID-19.
ii. Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
iii. Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de
febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
iv. Acuerdo del Consejo de Ministros, de 27 de abril de 2021, por el que se aprueba
el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
v. Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.

cve: BOE-A-2024-15413
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Núm. 179