III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2024-15412)
Orden TED/764/2024, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas del nuevo programa de incentivos a proyectos piloto singulares de comunidades energéticas (Programa CE implementa), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Jueves 25 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 95416

del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Las fechas de
finalización del plazo de presentación de solicitudes se señalarán en la convocatoria.
3. Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido serán inadmitidas.
4. Las solicitudes para la obtención de las ayudas se dirigirán al órgano instructor, y
estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en la sede electrónica del
IDAE (https://sede.idae.gob.es), donde se dispondrán los medios electrónicos de ayuda
necesarios.
Los beneficiarios que opten a las ayudas reguladas por esta orden deberán adjuntar,
junto con la solicitud correspondiente, una memoria de proyecto, conforme al contenido
que se especificará en la convocatoria correspondiente.
El formulario de solicitud, la memoria de proyecto y resto de documentación a aportar
con la misma deberán presentarse en castellano, excepto la documentación de carácter
oficial que pueda ser expedida por una Administración pública en relación con las
tramitaciones que le competan, que podrá figurar en cualquiera de las lenguas
cooficiales del Estado en el ámbito territorial de ejercicio de sus competencias.
Para formular la solicitud, además de completar el correspondiente formulario con los
datos requeridos, se deberá aportar, a través de la sede electrónica, como mínimo, la
siguiente documentación:
a)

Para personas jurídicas públicas.

Certificado acreditativo de la resolución o acuerdo del órgano de gobierno o de
representación competente de la entidad solicitante en el que, de forma expresa, se
aprueben:
1.º La participación y aceptación expresa del procedimiento regulado por esta
orden.
2.º La memoria del proyecto objeto de ayuda, conforme al contenido que se
establezca por la convocatoria correspondiente, y el compromiso para dotar
presupuestariamente el mismo (en las anualidades correspondientes, si fuera el caso).
Dicho compromiso podrá condicionarse a la obtención de la resolución de concesión de
ayuda, así como del anticipo o pago a cuenta que sobre la misma pueda concederse.
b)

Para personas jurídicas privadas.

c) En todo caso deberá aportarse copia del NIF del solicitante y, en su caso, de la
persona que le represente. No será necesaria la aportación de copia del NIF si el
interesado presta su consentimiento expreso para que sus datos de identidad personal
puedan ser consultados por el órgano instructor mediante el Sistema de Verificación de
Datos de Identidad que cada comunidad autónoma y ciudad de Ceuta y Melilla pudiera
tener establecido. No obstante, conforme a lo establecido por el artículo 28 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, se eximirá a los interesados de la presentación de
documentación que haya sido elaborada por cualquier Administración, o que haya sido
ya aportada anteriormente por los mismos, siempre que el interesado no se oponga a
que la administración actuante pueda consultar o recabar dichos documentos.
Por su parte, la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
reconoce la potestad de verificación de las administraciones públicas, en relación con los
datos personales que obren en su poder, para comprobar la exactitud de los mismos.

cve: BOE-A-2024-15412
Verificable en https://www.boe.es

1.º Deberán aportar copia de escrituras de constitución y estatutos actualizados,
convenientemente registrados en el registro público que corresponda, así como poder de
representación del firmante de la proposición.
2.º La memoria del proyecto objeto de ayuda, conforme al contenido que se
establezca por la convocatoria correspondiente.