I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Protección civil y emergencias. (BOE-A-2024-15350)
Ley 4/2024, de 28 de junio, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Jueves 25 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 95159

de los parques, instalaciones y medios personales y materiales para dar respuesta a las
situaciones de riesgo y la atención de las emergencias.
3. El Gobierno de Aragón establecerá reglamentariamente los criterios mínimos que
deberán cumplir la distribución espacial de los parques, instalaciones y medios
personales y materiales de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento.
Artículo 34.

De la planificación funcional.

Atendiendo a criterios de operatividad y prevención de riesgos laborales, cada
servicio de prevención, extinción de incendios y salvamento establecerá, atendiendo a
los medios personales y materiales disponibles, la organización de las intervenciones. El
Gobierno de Aragón establecerá un sistema de manejo de emergencias homogéneo
para todo el territorio de Aragón.
Artículo 35.

De los tiempos de atención.

1. La organización e implantación territorial de los Servicios de Prevención,
Extinción de Incendios y Salvamento garantizará la atención a toda la ciudadanía, a los
animales y a los bienes en la Comunidad Autónoma de Aragón.
2. El tiempo de atención en emergencias atenderá a los principios de disponibilidad
permanente, eficiencia, proximidad e inmediatez, realizándose en el menor tiempo
posible y siempre de manera coordinada y colaborativa entre los diferentes Servicios de
Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento.
3. Cada servicio, en función de la disponibilidad de personas y materiales,
establecerá la dotación y turnos para dar una respuesta adecuada ante emergencias, de
acuerdo a lo establecido en el párrafo anterior.
Artículo 36.

De la coordinación del Gobierno de Aragón.

1. El Gobierno de Aragón velara por la homogeneidad en la prestación del Servicio
de extinción de incendios y salvamento.
2. A través de la Academia Aragonesa de Bomberos, establecerá la formación y
conocimientos básicos y de especialización de los integrantes de los Servicios de
Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón.
TÍTULO III
Del Sistema Autonómico de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón
CAPÍTULO I
Las estrategias de protección civil y de gestión de emergencias de Aragón
La Estrategia de Protección Civil y Gestión de Emergencias.

1. La Estrategia de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón consiste
en analizar prospectivamente los riesgos que pueden afectar a las personas, animales y
bienes y las capacidades de respuesta necesarias, y en formular las líneas estratégicas
de acción para alinear, integrar y priorizar los esfuerzos que permitan optimizar los
recursos disponibles para mitigar los efectos de las emergencias.
2. La Estrategia de Protección Civil y Gestión de Emergencias integrará e incluirá
todas las actuaciones de los sectores públicos y el sector privado en Aragón y
establecerá los objetivos y políticas en materia de protección civil en la Comunidad
Autónoma de Aragón.

cve: BOE-A-2024-15350
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 37.