III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-15330)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de suministro de información para finalidades no tributarias.
11 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de julio de 2024

Categoría

Suministro

Procedimiento

Sec. III. Pág. 95028

Periodicidad

IRPF. Nivel de renta
general.

Los procedimientos
establecidos por la
Comunidad Autónoma en
cada caso.

A petición.

IRPF. Nivel de renta
para becas.

Los procedimientos
establecidos por la
Comunidad Autónoma en
cada caso.

A petición.

IRPF. Nivel de renta
básica de
emancipación.

Los procedimientos
establecidos por la
Comunidad Autónoma en
cada caso.

A petición.

IRPF. Nivel de renta
para agricultores.

Los procedimientos
establecidos por la
Comunidad Autónoma en
cada caso.

A petición.

IRPF. Nivel de renta
para prestaciones
sociales.

Los procedimientos
establecidos por la
Comunidad Autónoma en
cada caso.

A petición.

Información catastral.

Información catastral.

Los procedimientos
establecidos por la
Comunidad Autónoma en
cada caso.

A petición.

Rentas exentas.

Rentas exentas: Datos
de Pensiones Públicas
Exentas.

Los procedimientos
establecidos por la
Comunidad Autónoma en
cada caso.

A petición.

Impuesto sobre
actividades
económicas.

Impuesto sobre
Actividades
Económicas.

Los procedimientos
establecidos por la
Comunidad Autónoma en
cada caso.

A petición.

Datos Identificativos:
NIF, apellidos y nombre,
razón social y domicilio
fiscal.

Los procedimientos
establecidos por la
Comunidad Autónoma en
cada caso.

A petición.

Datos Identificativos de
partícipes, comuneros y
socios de entidades sin
personalidad jurídica.

Los procedimientos
establecidos por la
Comunidad Autónoma en
cada caso.

A petición.

Domicilio Fiscal.

Los procedimientos
establecidos por la
Comunidad Autónoma en
cada caso.

A petición.

Los procedimientos
establecidos por la
Comunidad Autónoma en
cada caso.

A petición.

Impuesto sobre la
renta de las personas
físicas.

Datos identificativos.

Domicilio fiscal.

Validación del número Validación del Número
de identificación fiscal. de Identificación Fiscal.

cve: BOE-A-2024-15330
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 178