II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Personal laboral. (BOE-A-2024-15266)
Resolución de 17 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, como personal laboral fijo, en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1 sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 94663

5.10 Se habilita al Tribunal para que adopte las medidas, instrucciones o
resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las
pruebas selectivas o de alguna de sus fases, pudiendo establecer el procedimiento a
seguir de los medios electrónicos, incluidos los audiovisuales para hacer accesibles los
procesos mediante la territorialización, siempre que el número y distribución de las
personas admitidas lo permita.
Asimismo, siempre que ello sea posible en función del tipo de pruebas y el número
de personas aspirantes, se habilita al Tribunal para acumular la celebración de las
diferentes pruebas en un mismo día y lugar de celebración.
5.11 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, Subdirección General
de Personal, C/ Alcalá, N.º 36, 4.ª planta, teléfono 917018379, dirección de correo
electrónico sppl@educacion.gob.es
5.12 Las referencias realizadas en la presente convocatoria al Tribunal deben
entenderse hechas a cada uno de los Tribunales que se constituyan. Podrá nombrarse
un Tribunal para los procesos correspondientes a cada grupo profesional, en cada turno
de acceso. Asimismo, un mismo Tribunal podrá nombrarse para los procesos de varios
grupos profesionales. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se
iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «W», según lo establecido en la
Resolución de 27 de julio de 2023 («Boletín Oficial del Estado» del día 29 de julio), de la
Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a
que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración del Estado.
6.2 En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido
comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellas cuyo primer
apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.
6.3 Las personas aspirantes serán convocadas a cada ejercicio de la fase de
oposición en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no
comparezcan.
6.4 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública,
en los medios citados en la base 1.1, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el
mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida por cada
especialidad y, en su caso, programa del anexo IV.
6.5 En el caso del proceso selectivo de promoción interna, las personas aspirantes
que hubieran superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de 20 días hábiles
para presentar la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les
valore en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser
alegados y que se recogen en el anexo V y anexo VII, respecto de cada especialidad
convocada. Dicho plazo de 20 días hábiles podrá reducirse a la mitad en aplicación de lo
dispuesto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.6 El Tribunal publicará, en los medios citados en la base 1.1, la relación que
contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de
la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Las personas
aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente al de la
publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho
plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera
conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de los

cve: BOE-A-2024-15266
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