II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Personal laboral. (BOE-A-2024-15266)
Resolución de 17 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, como personal laboral fijo, en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1 sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de julio de 2024

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solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía
electrónica o presencialmente a través de la red de oficinas de asistencia en materia de
registros. En caso de incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados
podrán reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD),
www.aepd.es.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará resolución en el plazo máximo de un mes, determinándose el lugar, fecha y hora
de comienzo del primer ejercicio o del ejercicio único, según sea el caso, de la oposición.
En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se
indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas
completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, señalándose un plazo de 10
días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido
modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las
relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5.

Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III
a esta convocatoria.
5.2 El órgano convocante publicará un breve currículum profesional de las
personas que formen parte del citado Tribunal en la página web del Portal del ciudadano
www.administracion.gob.es y en la del Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes www.educacionfpydeportes.gob.es.
5.3 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
5.4 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
demás disposiciones vigentes.
5.5 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015 citada en la
base anterior.
5.6 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos
sexos.
5.7 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
5.8 El Tribunal publicará en la página web del Portal del ciudadano
www.administracion.gob.es y en la del Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes www.educacionfpydeportes.gob.es un cronograma orientativo con las fechas
de realización de los procesos selectivos.
5.9 Las plantillas correctoras de las pruebas con respuestas alternativas se harán
públicas en el plazo máximo de 2 días hábiles contados desde la finalización de la
prueba. En el plazo de 2 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las
plantillas podrán presentarse alegaciones a través los medios indicados por el Tribunal
Calificador, que se entenderán contestadas mediante la publicación de las plantillas
correctoras definitivas. No se admitirán alegaciones fuera de plazo ni presentadas por
cualquier otro medio distinto del indicado.

cve: BOE-A-2024-15266
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 178