III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-15340)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Planta solar fotovoltaica hibridación "Las Hoyuelas", de 31,416 MWp, y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Albacete.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 95103
– Se instalarán hoteles de insectos o colmenas de polinizadores.
– Se mantendrán los majanos de piedras y otras estructuras similares existentes,
con el fin de constituir refugio y cobijo a fauna silvestre, o se planteará su reubicación a
zonas de las poligonales libres de módulos solares.
– Para atenuar la afección a las poblaciones de anfibios (en caso de que se constate
su presencia), se deberán construir pasos para anfibios en todas las intersecciones de
caminos del interior de la planta con vaguadas, zonas encharcadas, proximidad de
charcas, cauces, etc. Además, cada paso irá acompañado con barreras antiatropello
a 100 m a cada lado del camino en ambos sentidos.
(26) Se realizarán medidas compensatorias en proporción 1:1 sobre la superficie de
zonas definidas como hábitat potencial para aves esteparias afectadas directamente por
el proyecto. Las medidas estarán basadas en las establecidas para la conservación de
las especies afectadas, las aves esteparias, recogidas en los instrumentos de
planificación general de la Red Natura 2000 en Castilla-La Mancha, los planes de gestión
de los espacios de la Red Natura 2000 ubicados preferentemente sobre terrenos
agrícolas, y el Marco de Acción Prioritaria para la Red Natura 2000 en Castilla-La
Mancha. Principalmente estarán dirigidas al establecimiento de medidas
agroambientales para la conservación de las aves esteparias, presentando acuerdos con
los propietarios con anterioridad a la puesta en funcionamiento de la planta. El tipo de
medidas y su ubicación se concretará con el organismo competente en biodiversidad de
la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha antes de la autorización del proyecto.
Suelo, subsuelo y geodiversidad:
(27) Se adoptarán medidas para evitar fenómenos erosivos y pérdida de suelo por
movimiento de tierras durante las fases de ejecución y explotación del proyecto en caso
de pendientes superiores a un 8 %. Se evitará la ubicación de elementos en pendientes
superiores al 12 %, en coherencia con el Plan de Conservación del Medio Natural de
Castilla-La Mancha.
(28) Se delimitarán las zonas de actuación, obras y zonas auxiliares de forma
previa para minimizar el movimiento de la maquinaria y el personal. En caso de ser
necesarias zonas de acopio de materiales o almacenamiento, éstas se dispondrán de
forma que ocupen la menor superficie posible y, preferentemente, en lugares
desprovistos de vegetación natural. Deberán estar correctamente impermeabilizadas
para evitar riesgos de infiltración y contaminación, y pérdidas por desbordamiento.
(29) La PSFV se adaptará a la orografía y solo se realizarán las nivelaciones de
terreno en zonas estrictamente necesarias. Las obras no modificarán la pendiente
natural del terreno ni alterarán el régimen general de escorrentía de la zona, no podrán
modificar el régimen natural de los terrenos, respetando la integridad de los cauces
naturales de agua con un adecuado diseño de las instalaciones, viales, cunetas y pasos
de agua, plantando medidas para evitar la erosión por cárcavas.
(30) Se evitará el sellado del suelo, utilizando preferiblemente módulos anclados
mediante hincado de perfiles metálicos al suelo y no con solera de hormigón.
(31) Se pondrá un «punto verde» en la instalación, en el que albergar los residuos
antes de su recogida por parte de un gestor autorizado. Las superficies sobre las que se
dispongan los residuos serán totalmente impermeables para evitar afección al suelo y a
las aguas subterráneas. Se establecerán áreas específicas acondicionadas, delimitadas
e impermeables para las actividades como el cambio de aceite de la maquinaria o
vehículos empleados. Los residuos peligrosos serán tratados según indique la legislación
y se contactará con un gestor autorizado de residuos por la comunidad Autónoma que se
encargará de su tratamiento y gestión.
(32) Se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas, retirando las
instalaciones temporales, los restos de residuos y los escombros, que se depositarán en
vertederos controlados e instalaciones adecuadas para su tratamiento.
cve: BOE-A-2024-15340
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 178
Miércoles 24 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 95103
– Se instalarán hoteles de insectos o colmenas de polinizadores.
– Se mantendrán los majanos de piedras y otras estructuras similares existentes,
con el fin de constituir refugio y cobijo a fauna silvestre, o se planteará su reubicación a
zonas de las poligonales libres de módulos solares.
– Para atenuar la afección a las poblaciones de anfibios (en caso de que se constate
su presencia), se deberán construir pasos para anfibios en todas las intersecciones de
caminos del interior de la planta con vaguadas, zonas encharcadas, proximidad de
charcas, cauces, etc. Además, cada paso irá acompañado con barreras antiatropello
a 100 m a cada lado del camino en ambos sentidos.
(26) Se realizarán medidas compensatorias en proporción 1:1 sobre la superficie de
zonas definidas como hábitat potencial para aves esteparias afectadas directamente por
el proyecto. Las medidas estarán basadas en las establecidas para la conservación de
las especies afectadas, las aves esteparias, recogidas en los instrumentos de
planificación general de la Red Natura 2000 en Castilla-La Mancha, los planes de gestión
de los espacios de la Red Natura 2000 ubicados preferentemente sobre terrenos
agrícolas, y el Marco de Acción Prioritaria para la Red Natura 2000 en Castilla-La
Mancha. Principalmente estarán dirigidas al establecimiento de medidas
agroambientales para la conservación de las aves esteparias, presentando acuerdos con
los propietarios con anterioridad a la puesta en funcionamiento de la planta. El tipo de
medidas y su ubicación se concretará con el organismo competente en biodiversidad de
la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha antes de la autorización del proyecto.
Suelo, subsuelo y geodiversidad:
(27) Se adoptarán medidas para evitar fenómenos erosivos y pérdida de suelo por
movimiento de tierras durante las fases de ejecución y explotación del proyecto en caso
de pendientes superiores a un 8 %. Se evitará la ubicación de elementos en pendientes
superiores al 12 %, en coherencia con el Plan de Conservación del Medio Natural de
Castilla-La Mancha.
(28) Se delimitarán las zonas de actuación, obras y zonas auxiliares de forma
previa para minimizar el movimiento de la maquinaria y el personal. En caso de ser
necesarias zonas de acopio de materiales o almacenamiento, éstas se dispondrán de
forma que ocupen la menor superficie posible y, preferentemente, en lugares
desprovistos de vegetación natural. Deberán estar correctamente impermeabilizadas
para evitar riesgos de infiltración y contaminación, y pérdidas por desbordamiento.
(29) La PSFV se adaptará a la orografía y solo se realizarán las nivelaciones de
terreno en zonas estrictamente necesarias. Las obras no modificarán la pendiente
natural del terreno ni alterarán el régimen general de escorrentía de la zona, no podrán
modificar el régimen natural de los terrenos, respetando la integridad de los cauces
naturales de agua con un adecuado diseño de las instalaciones, viales, cunetas y pasos
de agua, plantando medidas para evitar la erosión por cárcavas.
(30) Se evitará el sellado del suelo, utilizando preferiblemente módulos anclados
mediante hincado de perfiles metálicos al suelo y no con solera de hormigón.
(31) Se pondrá un «punto verde» en la instalación, en el que albergar los residuos
antes de su recogida por parte de un gestor autorizado. Las superficies sobre las que se
dispongan los residuos serán totalmente impermeables para evitar afección al suelo y a
las aguas subterráneas. Se establecerán áreas específicas acondicionadas, delimitadas
e impermeables para las actividades como el cambio de aceite de la maquinaria o
vehículos empleados. Los residuos peligrosos serán tratados según indique la legislación
y se contactará con un gestor autorizado de residuos por la comunidad Autónoma que se
encargará de su tratamiento y gestión.
(32) Se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas, retirando las
instalaciones temporales, los restos de residuos y los escombros, que se depositarán en
vertederos controlados e instalaciones adecuadas para su tratamiento.
cve: BOE-A-2024-15340
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 178