III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-15340)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Planta solar fotovoltaica hibridación "Las Hoyuelas", de 31,416 MWp, y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Albacete.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 95097

correctoras y compensatorias adicionales que mitiguen el impacto sobre el MUP «Pinar
de Almansa». Se incluyen en el condicionado de la presente resolución medidas para la
protección del patrimonio cultural, MUP y VVPP que tienen en cuenta lo indicado por los
organismos anteriores.
b.10)

Sinergias y efectos acumulativos.

El EsIA identifica varios PEOL en funcionamiento en las proximidades del proyecto,
siendo uno de ellos con el que se produce la hibridación del presente proyecto, también
hay algunas PSFV a varios kilómetros de distancia de la zona de estudio. Se valoran las
sinergias de las afecciones sobre la atmósfera, suelo, socioeconomía, y vegetación, así
como a la flora, fauna y paisaje.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha solicita aclaraciones sobre los proyectos que se han tenido en
cuenta. Indica que el estudio de sinergias debería haber incluido infraestructuras
relacionadas con las instalaciones energéticas de carácter renovable, como las líneas
aéreas de alta tensión existentes y en fase de proyecto. El promotor aporta un nuevo
listado con los proyectos en funcionamiento y en tramitación, incluyendo las líneas de
evacuación existentes. Considera que el estudio de efectos sinérgicos se ajusta a lo
legalmente establecido y señala que, debido a la naturaleza del proyecto, se
aprovecharán infraestructuras existentes y se concentrarán y acumularán los impactos
en una única zona.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

El estudio de vulnerabilidad del EsIA analiza fenómenos como las inundaciones,
subida del nivel del mar, terremotos, fenómenos meteorológicos adversos, incendios
forestales, presencia de residuos o emisiones peligrosas y erosión, concluyendo que no
existe ningún riesgo importante o muy grave. El estudio recoge las siguientes medidas:
se evitará la construcción y ocupación de la zona de servidumbre de los cauces, así
como las áreas de flujo preferente; se realizará un adecuado sistema de drenado y de
evacuación de las aguas pluviales, evitando encharcamientos, escorrentías y generar
daños en las instalaciones; se preservará la red hidrológica presente y se revegetarán
las áreas de actuación, que contribuirán a prevenir el riesgo de erosión por escorrentía;
no se realizarán movimientos de tierra que produzcan alteraciones topográficas ni se
eliminarán los bancales que sirvan para frenar la velocidad de la escorrentía superficial; y
dado que la PSFV limita con monte, el proyecto cumplirá con el artículo 58 de la
Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La
Mancha, debiendo contar la instalación con un plan de autoprotección. Tras los recortes
realizados a la superficie inicial de la PSFV, la instalación se ha ajustado para dejar una
franja de 15 m libres entre el terreno considerado como forestal y la barrera vegetal,
elemento más externo del proyecto.
El Servicio de Protección Ciudadana de la Delegación Provincial de Albacete
concluye que se han tenido en cuenta los principales riesgos que pueden afectar al
proyecto, que son el riesgo sísmico, el cual habrá que valorar teniendo en cuenta las
dimensiones, sobre todo la altura, de las infraestructuras; y el riesgo por incendio
forestal. El resto de los riesgos, aun pudiéndose producir no se consideran relevantes y,
en cualquier caso, siempre se activarían los correspondientes Planes Municipales y
Regionales de Emergencia. El promotor responde que con posterioridad se concretarán
los estudios pertinentes y se tendrá en cuenta la norma sísmica, en caso de ser
necesario.
Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves y/o catástrofes
naturales, se recogen, resumen y trasladan los pronunciamientos de las autoridades
competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento de
participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano
competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto. En todo caso y al igual

cve: BOE-A-2024-15340
Verificable en https://www.boe.es

c.