III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-15339)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica "FV El Clavel", de 110,74 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Albacete».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de julio de 2024

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evacuación, ya que incrementará el efecto sinérgico con el resto de los tendidos de la
zona sobre la avifauna, especialmente en el entorno de las SET «Campanario» y SET
«Campanario Renovables» existentes, y la SET «Bonete Promotores» de nueva
construcción. Además, indica que se tome en consideración la minimización de la línea
de evacuación.
Por todo ello, la Dirección General del Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha concluye que la zona, donde se plantea el
proyecto, presenta un alto valor ecológico justificado por los recursos naturales que
alberga, por la función de conectividad que ejerce y porque constituye una zona de
campeo, alimentación y cría para especies de rapaces y aves esteparias amenazadas.
El hecho de que las parcelas del proyecto constituyan zonas de nidificación y
reproducción de avutarda, ganga ortega, aguilucho pálido y sisón, constituye un impacto
crítico. Las medidas propuestas son insuficientes y no proporcionales a la magnitud de
los impactos previsibles. Por ello, el proyecto no es compatible con la conservación de
los valores ambientales y recursos naturales que alberga la zona donde pretende
ubicarse. Por último, señala que, en caso de modificación del proyecto, planteando una
nueva alternativa que se considere compatible desde el punto de vista medioambiental,
el estudio de impacto ambiental deberá recoger todos los aspectos señalados en su
informe, así como las medidas preventivas, correctoras y compensatorias propuestas.
Como respuesta, el promotor propone una serie de medidas compensatorias. Así,
para aves esteparias plantea el arrendamiento o compra de parcelas para siembra de
cereal en proporción 1:1 a la superficie ocupada por la PSFV, preferiblemente, en
parcelas ubicadas en el interior de la ZEPA, así como el seguimiento de dichas especies
presentes en la ZEPA; para aves rapaces, propone seguimiento de poblaciones y
protección de nidos de aguilucho cenizo (Circus pygargus), aguilucho pálido (Circus
cyaneus) y aguilucho lagunero occidental (Circus aeroginosus), la instalación de cajas
nido y oteaderos, además de la instalación de 20 bebederos con el objetivo de mejorar el
hábitat para las especies presa; y, para otros grupos faunísticos, la instalación de
refugios para reptiles, de cajas nido para quirópteros y de hoteles de insectos o
colmenas de polinizadores.
La Dirección General del Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha en su segundo informe, insiste en el alto valor ecológico de la
zona de actuación y en que el proyecto debe contemplar medidas preventivas,
correctoras y compensatorias, en proporción a la magnitud del proyecto y de los
impactos causados. En este sentido, respecto a las medidas compensatorias, informa
favorablemente la tipología de medidas presentadas y añade ciertas consideraciones.
Adicionalmente, el organismo insta a que se tengan en cuenta todas las consideraciones
emitidas en su informe anterior.
El promotor manifiesta su compromiso para implementar las medidas
compensatorias en la forma indicada por el organismo, si bien no aporta nuevas medidas
preventivas o correctoras que eviten o minimicen los impactos críticos identificados ni los
estudios de fragmentación-conectividad y de corredores ecológicos exhaustivos
solicitados por la Dirección General del Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha. El nuevo trazado de la línea, aunque «podría ser
compatible» según informa el organismo autonómico, no ha incluido el soterramiento del
tramo aéreo solicitado, ni una valoración de los impactos ambientales previstos para la
fauna.
b.3) Espacios naturales protegidos. Red Natura 2000.
La línea de evacuación atraviesa la ZEPA (ES0000153) «Área Esteparia del Este de
Albacete» de manera soterrada durante 4,8 km y la PSFV se sitúa 375 m al sur de dicho
espacio.
El EsIA identifica como especies de fauna objeto de conservación de la ZEPA el
aguilucho cenizo (Circus pygargus), el aguilucho pálido (Circus pygargus), el cernícalo
primilla (Falco naumanni), la avutarda común (Otis tarda), la ganga ibérica (Pterocles

cve: BOE-A-2024-15339
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Núm. 178