III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-15338)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque híbrido Araña (Eólico y Solar Fotovoltaico), de 72,95 MW, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Burgos y Palencia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024

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ZEC. Informa también, de la presencia de varias especies de quirópteros protegidas, que
podrían verse afectados puesto que pueden realizar movimientos compatibles con las
distancias que separan estos espacios del parque eólico. Insiste, en que el estudio
presentado no hace referencia a posibles afecciones del proyecto a la IBA «Páramos del
Cerrato», designada por su importancia para aves esteparias como la avutarda y el
sisón.
b.4

Paisaje.

El EsIA informa que en la zona de estudio se localizan, según el Atlas de los Paisajes
de España, tres tipos de paisajes denominados «Paramos calcáreos castellanoleoneses», «Campiñas de la Meseta norte» y «Vegas del Duero». Detalla que la
presencia de las instalaciones requeridas por el parque eólico y la planta fotovoltaica
puede suponer un impacto significativo sobre el valor paisajístico del entorno, más aún
por la altura de los aerogeneradores y la reseñable superficie ocupada por la planta
fotovoltaica. En conjunto, considera moderado el impacto sobre el paisaje.
El EsIA incluye el anexo «Estudio de impacto e integración paisajística», el cual
afirma de forma explícita que la actuación tiene un elevado impacto visual. No obstante,
indica también que, de acuerdo con el Convenio Europeo del Paisaje, sería importante
incorporar la percepción de la población de cada lugar.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León, en su primer informe, estima que la implantación del Parque Eólico Araña tiene
asociada una importante afección paisajística, debido a la instalación de máquinas de
gran altura. También existirá un impacto visual producido por el balizamiento nocturno, lo
que implica efectos negativos como la contaminación lumínica y la atracción o alteración
de insectos y quirópteros. En cuanto a la Planta Fotovoltaica FV Araña, expone que
teniendo en cuenta su superficie de ocupación, resultará una mayor intrusión en el
territorio. Finalmente, informa de que el tramo aéreo propuesto para la LASAT 200 kV,
sumado a la proliferación de tendidos eléctricos en la zona, conlleva que el deterioro
sobre el paisaje se considere permanente.
En la Adenda al EsIA, el promotor indica que ha rediseñado el trazado de la
LASAT 220 kV, de forma que el tramo aéreo se reduce a 4,8 km de longitud.
Lógicamente sus apoyos provocarán un efecto negativo sobre el paisaje, pero de menor
magnitud por la disposición de la mayor parte de su trazado en tramos subterráneos
(12,17 km).
Efectos sinérgicos y acumulativos.

El EsIA, considerando una envolvente de 10 km en torno al Parque Híbrido Araña,
informa de la concurrencia de dos pequeñas plantas solares (PSFV Santa María del
Campo y PSFV Ciadoncha). También, señala que fuera del ámbito de estudio (a más
de 10 km del proyecto valorado) se identifican varios parques eólicos y fotovoltaicos en
funcionamiento. Finalmente cita la existencia del trazado del gaseoducto LermaPalencia-Valladolid que discurre a más de 200 m del aerogenerador AR01.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León, en su primer informe, señala, entre otras cuestiones, que la Planta Fotovoltaica
Araña se proyecta sobre el territorio elegido para la Planta Fotovoltaica Gamonal
de 72,62 MW, actualmente en tramitación autonómica, situada junto al parque eólico
homónimo (también en tramitación).
Menciona, además, que la afección sobre la fauna y el paisaje se ve agravada por la
proximidad de otros proyectos de producción de energía renovable, en funcionamiento o
tramitación, lo que está provocando una pérdida de capacidad de uso del territorio para
numerosas especies de avifauna que requieren de grandes espacios abiertos libres de
infraestructuras para vivir o campear.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina (MITECO), en su primer
informe, indica que el estudio de los impactos y afecciones relativas al impacto

cve: BOE-A-2024-15338
Verificable en https://www.boe.es

b.5