III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-15313)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Telde, a que se declare la nulidad de pleno derecho de una inscripción de segregación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 94922

Por lo expuesto,
Solicito al Registro de la Propiedad: Que tenga por presentado este escrito con los
documentos acompañados, lo admita, tenga por interpuesto por D.ª M. E. M. R., mayor
de edad, con de DNI (…) recurso en vía gubernativa contra la Inscripción del Registrador
y sea declarada nula de pleno Derecho de su inscripción por el título se instó, y para el
caso de que el Registrador no rectifique la calificación en tiempo y forma, accediendo a
su inscripción en los términos solicitados, y en consecuencia mantenga la calificación, se
solicita que forme expediente con arreglo a derecho y que en tiempo y forma lo remita a
la Dirección General de los Registros y Notariado; por lo que efectuada la remisión
solicito a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública que resolviendo de
forma expresa el recurso planteado estime en su totalidad lo alegado en defensa de mi
legítimo interés en el cuerpo del presente escrito, y en consecuencia dicte resolución
acordando no ha lugar a la inscripción del título en el Registro de la Propiedad de n.º 1
de Telde por su nulidad.»
IV
El registrador de la Propiedad informó y elevó el expediente a esta Dirección
General.
Fundamentos de Derecho

1. El presente recurso tiene por objeto la denegación de una expedición de
certificación y la solicitud por la recurrente de declaración de nulidad de pleno derecho
de una inscripción de segregación y simultánea inscripción de su representación gráfica
georreferenciada.
En concreto, la registral 99.983 de la Sección Tercera del Registro de la Propiedad
de Telde se formó por segregación de la finca 16.910 de la Sección Tercera del citado
Registro, en virtud de escritura otorgada el día 20 de noviembre de 1984 por notario de
Las Palmas de Gran Canaria, con el número 3.864 de protocolo, acompañada de acta
autorizada con fecha 5 de diciembre de 2021 por el notario de Las Palmas de Gran
Canaria, don Miguel Ramos Linares, número 2.863 de protocolo.
La inscripción se practicó en virtud de terminación, con resultado positivo, del
procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, por tratarse de una
representación gráfica alternativa.

cve: BOE-A-2024-15313
Verificable en https://www.boe.es

Vistos los artículos 1, 9, 10, 18, 19, 19 bis, 38, 40, 66, 82, 199, 201 y 322 y siguientes
de la Ley Hipotecaria; 112 y 342 del Reglamento Hipotecario; la Sentencia del Tribunal
Supremo de 22 de mayo de 2000; la Resolución de 26 de octubre de 2015, conjunta de
la Dirección General de los Registros y del Notariado y de la Dirección General del
Catastro, por la que se regulan los requisitos técnicos para el intercambio de información
entre el Catastro y los Registros de la Propiedad; la Resolución de 23 de septiembre
de 2020, conjunta de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y de la
Dirección General del Catastro, por la que se aprueban especificaciones técnicas
complementarias para la representación gráfica de las fincas sobre la cartografía
catastral y otros requisitos para el intercambio de información entre el Catastro y el
Registro de la Propiedad; las Resoluciones de la Dirección General de los Registros y
del Notariado de 8 de octubre de 2004, 4 de enero, 12 de febrero, 2 y 7 de marzo y 22 de
julio de 2005, 14 de enero, 23 de junio y 2 de agosto de 2006, 14 de marzo de 2007, 29
de mayo de 2008, 8 de mayo y 6 de septiembre de 2013, 26 de septiembre de 2014, 19
de enero y 17 de septiembre de 2015, 20 de abril, 2 de septiembre y 14 de noviembre
de 2016, 7 de septiembre de 2017, 21 de marzo de 2018 y 11 de abril de 2019, y las
Resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 26 de abril
y 28 de julio de 2022, 23 de febrero y 12 de mayo de 2023 y 8 y 11 de enero y 9 de abril
de 2024.