I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-15213)
Real Decreto 718/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 94435

e) La participación en el procedimiento de elaboración de los anteproyectos de ley y
restantes proyectos normativos iniciados en el ámbito del Departamento, así como su
tramitación administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 50/1997, de 27 de
noviembre, del Gobierno.
f) La emisión del informe preceptivo de los anteproyectos de ley y de los restantes
proyectos normativos del Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 50/1997,
de 27 de noviembre.
g) La coordinación del Ministerio con otros Departamentos y organismos de la
Administración General del Estado y órganos consultivos en la elaboración, tramitación e
informe de los proyectos normativos.
h) El impulso y la coordinación de la transposición de la normativa europea cuya
incorporación al ordenamiento español sea responsabilidad del Departamento,
participando en la elaboración, en su caso, de los correspondientes proyectos
normativos y el informe de los convenios internacionales en las materias propias de la
competencia del Departamento.
i) El seguimiento y coordinación de los procedimientos de infracción en el ámbito de
la Unión Europea, así como de las cuestiones prejudiciales y demás actuaciones ante el
Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
j) El seguimiento de las disposiciones y actos de las comunidades autónomas, las
actuaciones derivadas de la participación del departamento en la Comisión de
Seguimiento de Disposiciones y Actos de las Comunidades Autónomas y la coordinación
de las acciones de los distintos órganos directivos del departamento relativas al traspaso
de funciones y servicios a las comunidades autónomas.
k) La preparación para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», cuando así
se requiera, de los actos administrativos y órdenes ministeriales del Departamento.
l) Las relaciones con los juzgados y tribunales de justicia, a efectos de remisión de
los expedientes y documentación que soliciten, la recepción de sus notificaciones y la
preparación de la ejecución de sus sentencias, sin perjuicio de lo previsto en la
normativa vigente en materia de representación y defensa en juicio del Estado y otras
instituciones públicas.
m) La instrucción y propuesta de resolución en los recursos administrativos
interpuestos contra los actos y disposiciones del Departamento y de sus organismos
adscritos en los procedimientos de revisión de oficio en relación con aquellos y en las
reclamaciones de responsabilidad patrimonial por el funcionamiento de los servicios del
Departamento y de sus organismos adscritos.
Asimismo, le corresponderá trasladar a la Abogacía General del Estado-Dirección del
Servicio Jurídico del Estado la solicitud de ejercicio de acciones legales ante
cualesquiera órganos jurisdiccionales, a instancias de los órganos directivos
competentes por razón de la materia, sin perjuicio de lo previsto por la normativa vigente
en materia de representación y defensa en juicio del Estado y otras instituciones
públicas.
n) La elaboración del programa editorial del Departamento y la gestión, en
coordinación con los organismos adscritos al ministerio, de la edición, distribución y
venta, en su caso, de las publicaciones oficiales, así como las funciones que, en
conexión con el proceso editorial, le atribuye la normativa específica sobre la materia.
ñ) La organización y dirección de la biblioteca general, del sistema archivístico del
Ministerio y del servicio de documentación.
o) El seguimiento y coordinación de las relaciones internacionales, en colaboración
con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; la representación
del Departamento en organismos internacionales, cuando tal representación no haya
sido atribuida a otro órgano del Departamento y la asistencia a los restantes órganos del
Ministerio en la preparación de los Consejos de Ministros de la Unión Europea.
p) La tramitación de contribuciones de los proyectos de acuerdos e instrumentos
internacionales en las materias que competen al Departamento.

cve: BOE-A-2024-15213
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Núm. 178