I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE IGUALDAD. Subvenciones. (BOE-A-2024-15211)
Real Decreto 716/2024, de 23 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación ANAR para desarrollar actuaciones en materia de prevención integral de la violencia contra las niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra las mujeres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024

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c) Establecer medidas adecuadas para evitar que se produzca doble financiación,
debiendo comunicar a al órgano concedente la obtención de otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta
comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con
anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
d) Disponer de los estados contables y registros específicos exigidos por la
correspondiente legislación aplicable a su entidad.
e) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos de
incumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidas para la concesión de la
subvención.
f) Incorporar de forma visible, en el material que se utilice para la difusión de la
actuación subvencionada y en las publicaciones que pudieran derivarse del proyecto, el
logotipo del Ministerio de Igualdad, que se proporcionará por la Delegación del Gobierno
contra la Violencia de Género con el fin de poder identificar el origen de la subvención.
Artículo 10.

Justificación de la subvención.

1. La justificación de la subvención se realizará mediante cuenta justificativa con
aportación de justificantes de gasto, conforme a lo previsto en el artículo 30 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre; y en los artículos 72 y 73 de del Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en los términos establecidos en este artículo.
2. La cuenta justificativa habrá de presentarse en el plazo de tres meses desde la
finalización del plazo para la realización de las actuaciones subvencionadas.
3. La cuenta justificativa se compondrá de la siguiente documentación:

1.º Una relación de los gastos de la actividad en la que se consignen los siguientes
datos: número de la factura, fecha, concepto, importe, nombre del perceptor, su NIF,
fecha de pago y cuantía exacta imputada a la subvención. Respecto de los costes
salariales, se indicará el nombre y DNI de persona contratada, puesto que ocupa, el
importe y período de pago y la cuantía exacta imputada a la subvención. En el caso de
los profesionales responsables del desarrollo de las actuaciones, se indicará el número
de horas de dedicación al programa que figure en su contrato.
2.º Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico
mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace
referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.
3.º La indicación de los métodos utilizados para el cálculo del porcentaje de
imputación a la subvención de los costes del personal de coordinación y del personal de
apoyo administrativo; de los costes de alquileres de locales y equipos técnicos o
tecnológicos necesarios para el desarrollo del programa; y de los costes indirectos.
4.º Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado
la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.
5.º Los tres presupuestos que la entidad beneficiaria debe solicitar en sus
contrataciones en el supuesto previsto en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre. Indicación del procedimiento seguido para llevar a cabo la contratación y
subcontratación, de acuerdo con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
6.º En relación con el material didáctico subvencionado, la especificación, en su
caso, de los ingresos obtenidos en caso de su venta.
7.º En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no
aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.

cve: BOE-A-2024-15211
Verificable en https://www.boe.es

a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades
realizadas, debidamente documentadas y de los resultados obtenidos.
b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que
contendrá: