III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-15343)
Orden IGD/761/2024, de 18 de julio, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 95116

b) El cumplimiento de las obligaciones económicas, incluido el pago de costas,
derivado de la ejecución de sentencias dictadas en procedimientos en que hubiera sido
parte el Ministerio, con independencia de su importe.
4. Se delega en la persona titular de la Subdirección General de Recursos
Humanos e Inspección de Servicios el ejercicio de la competencia para aprobar y
comprometer gastos y para reconocer las obligaciones y proponer el pago de las
obligaciones económicas imputables al capítulo 1 del presupuesto del Departamento.
Noveno.

Delegación de competencias en materia de contratación.

1. Se delega en la persona titular de la Subsecretaría el ejercicio de las siguientes
competencias, siempre que no hayan sido delegadas en otro órgano:
a) Todas las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular
del Departamento como Órgano de Contratación en relación con aquellos contratos cuyo
valor estimado sea inferior a 12.000.000 de euros y superior a 300.000 euros, así como
la aprobación y el compromiso del gasto y la autorización de los correspondientes
documentos contables, en el ámbito de las competencias de la Subsecretaría.
b) El reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago y la autorización de los
correspondientes documentos contables de los contratos a los que se hace referencia en
el párrafo anterior.
c) La aprobación de los modelos de pliegos de cláusulas administrativas
particulares.

a) Todas las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular
del Departamento como Órgano de Contratación en relación con aquellos contratos cuyo
valor estimado sea igual o inferior a 300.000 euros, en el ámbito de las competencias de
la Subsecretaría.
b) La aprobación y el compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y la
propuesta de pago de los correspondientes documentos contables de los contratos a los
que se hace referencia en el párrafo anterior.
c) La devolución o cancelación y, en su caso, la incautación de las garantías de
cualquier tipo exigidas para la celebración de contratos.
d) La remisión al Tribunal de Cuentas de la documentación relativa a los contratos y
convenios celebrados con cargo a los créditos del Departamento.
e) La aprobación y disposición de gasto, el reconocimiento de obligaciones y la
autorización de pagos en relación con el sistema de anticipos de caja fija de la Caja
Pagadora General del Ministerio.
f) La aprobación y el compromiso de gasto, el reconocimiento de la obligación y el
pago de los gastos gestionados a través de libramientos expedidos a justificar, y siempre
que no esté expresamente delegada en otros órganos.
g) Dar la orden interna del pago material al cajero pagador en los pagos realizados
por los sistemas de anticipos de caja fija y pagos a justificar, respecto de los fondos
asignados en el ámbito del Ministerio, previa conformidad del servicio correspondiente.
h) La tramitación de los documentos contables de autorización, compromiso,
reconocimiento de obligación y ordenación del pago con cargo al anticipo de caja fija,
necesarios para la reposición de fondos e imputación al presupuesto de los gastos
realizados, en base a lo dispuesto en el artículo 78.1 de ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria.
i) La aprobación de las cuentas justificativas de las obligaciones satisfechas con
cargo a los anticipos de caja fija y libramientos a justificar, así como la remisión
telemática al Tribunal de Cuentas.

cve: BOE-A-2024-15343
Verificable en https://www.boe.es

2. Se delega en la persona titular de la Subdirección General de la Oficina
Presupuestaria, Gestión Económica y Asuntos Generales, el ejercicio de las siguientes
competencias, salvo que hayan sido delegadas en otro órgano: