V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. (BOE-B-2024-27305)
Extracto de la Orden TDF /755/2024, de 15 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del programa de bonos de conectividad «UNICO Demanda Bono PYME» en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Miércoles 24 de julio de 2024

Sec. V-B. Pág. 41735

Las soluciones financiadas por los bonos de conectividad de «Bono PYME»
son de dos tipos: a) Un acceso a Internet en redes de banda ancha, con una
velocidad de descarga de 100 Mbps o superior, en aquellas sedes de la
beneficiaria de las ayudas que no tuvieran un acceso de tales características en el
momento de formular la solicitud de éstas ni hubieran dispuesto de él durante los
tres meses anteriores a la solicitud, y b) Uno, varios o un conjunto de servicios
asociados.
El detalle de la solución de acceso a Internet elegible para las ayudas y de los
servicios asociados está incluido en el Anexo IV de las bases reguladoras, así
como en el Catálogo de Servicios de «Bono PYME» regulado en el artículo 15 de
estas bases.
Tercero. Bases reguladoras:
Tienen la consideración de bases reguladoras de dichas subvenciones la
Orden TDF/755/2024, de 15 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras
y la convocatoria del programa de bonos de conectividad «UNICO Demanda Bono
PYME» en l marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de
España, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
Cuarto. Cuantía:
1. El importe máximo total de las ayudas reguladas en la Convocatoria
asciende a la cantidad de cuarenta y ocho millones de euros (48.000.000 €), que
serán financiados a través de la correspondiente partida presupuestaria para la
ejecución del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, en consonancia con
el Reglamento (UE) 241/2021, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia. Asimismo, será de aplicación el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
2. El importe máximo de la ayuda que podrá percibir la beneficiaria por el
conjunto de servicios y soluciones de conectividad que contrate con uno o más
Prestadores de Servicios adheridos y por la totalidad del período de prestación de
la ayuda será de 3.000 (TRES MIL) €, sumados los importes individuales de todos
los servicios contratados.
3. Dentro del máximo señalado en el apartado anterior, los importes
individuales máximos que podrán percibirse por cada solución o servicio
contratado y por la totalidad del período de prestación señalado en el número 2
anterior, son los siguientes por Categoría de Solución o Servicio:
a) ACCESO A INTERNET

b) SERVICIOS ASOCIADOS
1. IP fija: 180 € por IP (max. 3 IPs por empresa)
2. Telefonía Móvil Corporativa: 300 € por usuario
3. WiFi Profesional: 150 € por sede (200 € con 1 punto de acceso)

cve: BOE-B-2024-27305
Verificable en https://www.boe.es

1. Acceso a Internet de Banda Ancha (100 Mbps de velocidad en sentido
descendente): 400 € por sede (intensidad de ayuda 50 por 100).