III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-15191)
Resolución de 11 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Marpani Solar 6, SLU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la infraestructura de evacuación de la instalación fotovoltaica "CSF El Molino", de 84,8 MW de potencia instalada, en Mula y Campos del Río (Murcia) y se declara, en concreto, de utilidad pública de la línea de evacuación aéreo-subterránea a 132 kV "SET El Molino-SET Colectora Campos".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 23 de julio de 2024

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«SET El Molino-SET Colectora Campos», en los términos municipales de Mula y
Campos del Río, en la provincia de Murcia, aportando los correspondientes proyectos de
ejecución y declaraciones responsables que acreditan el cumplimiento de la normativa
que le es de aplicación, conforme al artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
En concreto, las modificaciones consisten en lo siguiente:
– En cuanto a la línea de 132 kV, cambio en el diseño de los apoyos en simple
circuito (tramo 1, entre la SET «El Molino» 30/132 kV y el apoyo número 16), que se hará
en cruceta tipo bóveda.
– Adición de un apoyo intermedio en la línea de 400 kV «SET Colectora
Campos 132/400 kV-SE Campos 400 kV (REE)» para favorecer el acceso de futuras
líneas que conecten con la SE Campos 400 kV (REE). Las coordenadas de los apoyos
varían ligeramente.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Murcia y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 127
y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo relativo a la infraestructura de
evacuación compartida y a la línea de 132 kV, y, adicionalmente de conformidad con lo
previsto en el artículo 146 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo
relativo a la línea de 132 kV, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las
distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de
interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la
Mancomunidad de Canales del Taibilla, O.A.; de la Gerencia de Área de Patrimonio y
Urbanismo Este de ADIF; de Red Eléctrica de España, SAU; de Telefónica de España,
SAU, y de la Comunidad de Regantes «Acequias Cara y Daya» de Albudeite. Se ha
dado traslado al promotor de dichas contestaciones, que presta su conformidad.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Carreteras de la Consejería
de Fomento e Infraestructuras de la Región de Murcia, en la que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dicho
organismo por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de la citada contestación, que presta
su conformidad.
Se ha recibido contestación del Consorcio de las Vías Verdes de la Consejería de
Turismo, Cultura, Juventud y Deportes de la Región de Murcia, que se reitera en su
informe anterior. Del mismo modo, el promotor mantiene su postura discrepante. Se ha
dado traslado al organismo de la contestación del promotor, el cual no emite nueva
respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud de los artículos 127.4, 131.4
y 147.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados los Ayuntamientos de Mula y Campos del Río; la Confederación
Hidrográfica del Segura, O.A.; la Dirección General de Patrimonio Natural y Acción
Climática de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar
Menor de la Región de Murcia; la Dirección General Salud Publica y Adicciones de la
Consejería de Salud de la Región de Murcia e i-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, SAU,
no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los
mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2, 131.1 y 146.1 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la
instalación y la correspondiente relación de bienes y derechos afectados ha sido
sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 17 de abril de 2024 en
el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y en el «Boletín Oficial del Estado», el 18 de
abril de 2024 en el diario «La Opinión» y con la exposición al público en el tablón de
edictos de los Ayuntamientos de Mula y Campos del Río. La citada relación concreta e
individualizada de bienes y derechos afectados por la línea aéreo-subterránea a 132 kV
«SET El Molino-SET Colectora Campos» sustituye a la anteriormente publicada, para

cve: BOE-A-2024-15191
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Núm. 177