III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-15200)
Orden TDF/755/2024, de 15 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del programa de bonos de conectividad «UNICO Demanda Bono PYME» en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 23 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 94119
Aquellos solicitantes que actúen a través de representante voluntario para la solicitud
de la ayuda de la presente convocatoria deberán presentar la «Autorización de
representante voluntario en el marco del Programa UNICO Demanda bono PYME»
otorgada por el solicitante, cuyo modelo deberá recoger la información que se detalla en
el anexo 2.º de la presente convocatoria, y elaborarse a través del formulario
automatizado habilitado en la Sede Electrónica de Red.es (la cual será accesible desde
la plataforma Acelera PYME https://www.acelerapyme.gob.es/), siendo este el único
modelo admitido. Una vez generada la autorización de representación voluntaria, se
firmará únicamente mediante un sistema de firma electrónica según las especificaciones
establecidas en el anexo 5.º de esta convocatoria.
Se exceptuará de la presentación de este modelo a aquellos representantes
voluntarios del solicitante que actúen en el ámbito de la representación prevista en el
artículo 5.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y que hayan suscrito el correspondiente
convenio con la entidad pública empresarial Red.es, M.P.
Los representantes voluntarios (incluyendo, en su caso, a sus empresas asociadas y
vinculadas) que deseen realizar la presentación múltiple de solicitudes mediante
sistemas automatizados (robotización), dentro del límite de 500 solicitudes al día
establecido en el apartado cuarto de la presente convocatoria, deberán indicarlo a
Red.es a través del correo electrónico solicitudes.multiples@acelerapyme.gob.es,
cumpliendo los requisitos establecidos al efecto en el anexo V de la presente
convocatoria.
2.º) En caso de que el solicitante se oponga expresamente a que Red.es consulte
de oficio los datos relativos al cumplimiento de los requisitos establecidos en el
artículo 10 de las bases reguladoras y el apartado tercero de la convocatoria, deberá
aportar la siguiente documentación:
– Escrituras de constitución, de representación o de apoderamiento donde queden
reflejados los poderes que se le confieren a la persona que firma la solicitud.
– En su caso, la documentación de la representación voluntaria debidamente
firmada («Autorización de representante voluntario en el marco del programa UNICO
Demanda bono PYME»), según las indicaciones del anexo 2.º y 4.º de la presente
convocatoria.
– Certificado de situación censal (inscripción en el Censo de empresarios,
profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el
censo equivalente de la Administración Tributaria Foral), que refleje la actividad
económica efectivamente desarrollada y que contemple la antigüedad establecida en el
apartado tercero de la presente convocatoria.
– Liquidación del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) de los tres últimos
ejercicios del solicitante. En el caso de que el solicitante tenga empresas asociadas y/o
vinculadas en las que tenga un porcentaje de participación igual o superior al 25 %,
deberá asimismo presentar la documentación de estas.
– En su caso, documentación acreditativa de la condición de persona en situación de
autoempleo, trabajador autónomo, familiar colaborador del titular de la explotación o
socio/a o miembro de órganos de administración de sociedades mercantiles capitalistas.
La condición de autónomo podrá acreditarse mediante resolución sobre su
reconocimiento de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los
Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (o alta en el Régimen que le sea de
aplicación) o mediante un «Certificado de retenciones de Retenciones e ingresos a
Cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas» y una nómina o factura de
alguno de los últimos doce meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.
– Declaración responsable que acredite que no se ha obtenido ninguna ayuda de
minimis para los tres últimos ejercicios fiscales o, de haberse obtenido, declarar que el
importe total de las ayudas recibidas no supera los límites establecidos para el sector en
el que opera la entidad solicitante.
cve: BOE-A-2024-15200
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 177
Martes 23 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 94119
Aquellos solicitantes que actúen a través de representante voluntario para la solicitud
de la ayuda de la presente convocatoria deberán presentar la «Autorización de
representante voluntario en el marco del Programa UNICO Demanda bono PYME»
otorgada por el solicitante, cuyo modelo deberá recoger la información que se detalla en
el anexo 2.º de la presente convocatoria, y elaborarse a través del formulario
automatizado habilitado en la Sede Electrónica de Red.es (la cual será accesible desde
la plataforma Acelera PYME https://www.acelerapyme.gob.es/), siendo este el único
modelo admitido. Una vez generada la autorización de representación voluntaria, se
firmará únicamente mediante un sistema de firma electrónica según las especificaciones
establecidas en el anexo 5.º de esta convocatoria.
Se exceptuará de la presentación de este modelo a aquellos representantes
voluntarios del solicitante que actúen en el ámbito de la representación prevista en el
artículo 5.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y que hayan suscrito el correspondiente
convenio con la entidad pública empresarial Red.es, M.P.
Los representantes voluntarios (incluyendo, en su caso, a sus empresas asociadas y
vinculadas) que deseen realizar la presentación múltiple de solicitudes mediante
sistemas automatizados (robotización), dentro del límite de 500 solicitudes al día
establecido en el apartado cuarto de la presente convocatoria, deberán indicarlo a
Red.es a través del correo electrónico solicitudes.multiples@acelerapyme.gob.es,
cumpliendo los requisitos establecidos al efecto en el anexo V de la presente
convocatoria.
2.º) En caso de que el solicitante se oponga expresamente a que Red.es consulte
de oficio los datos relativos al cumplimiento de los requisitos establecidos en el
artículo 10 de las bases reguladoras y el apartado tercero de la convocatoria, deberá
aportar la siguiente documentación:
– Escrituras de constitución, de representación o de apoderamiento donde queden
reflejados los poderes que se le confieren a la persona que firma la solicitud.
– En su caso, la documentación de la representación voluntaria debidamente
firmada («Autorización de representante voluntario en el marco del programa UNICO
Demanda bono PYME»), según las indicaciones del anexo 2.º y 4.º de la presente
convocatoria.
– Certificado de situación censal (inscripción en el Censo de empresarios,
profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el
censo equivalente de la Administración Tributaria Foral), que refleje la actividad
económica efectivamente desarrollada y que contemple la antigüedad establecida en el
apartado tercero de la presente convocatoria.
– Liquidación del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) de los tres últimos
ejercicios del solicitante. En el caso de que el solicitante tenga empresas asociadas y/o
vinculadas en las que tenga un porcentaje de participación igual o superior al 25 %,
deberá asimismo presentar la documentación de estas.
– En su caso, documentación acreditativa de la condición de persona en situación de
autoempleo, trabajador autónomo, familiar colaborador del titular de la explotación o
socio/a o miembro de órganos de administración de sociedades mercantiles capitalistas.
La condición de autónomo podrá acreditarse mediante resolución sobre su
reconocimiento de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los
Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (o alta en el Régimen que le sea de
aplicación) o mediante un «Certificado de retenciones de Retenciones e ingresos a
Cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas» y una nómina o factura de
alguno de los últimos doce meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.
– Declaración responsable que acredite que no se ha obtenido ninguna ayuda de
minimis para los tres últimos ejercicios fiscales o, de haberse obtenido, declarar que el
importe total de las ayudas recibidas no supera los límites establecidos para el sector en
el que opera la entidad solicitante.
cve: BOE-A-2024-15200
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 177