III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-15200)
Orden TDF/755/2024, de 15 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del programa de bonos de conectividad «UNICO Demanda Bono PYME» en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 23 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 94118

Se cumplimentará y enviará, firmado digitalmente con certificado electrónico por el solicitante
o el representante (legal o voluntario) del solicitante debidamente apoderado.
Dicho formulario electrónico incluirá el siguiente contenido mínimo:
– Información del solicitante y, en su caso, de su representante voluntario.
– En caso de que aplique, información sobre las personas en situación de
autoempleo del solicitante: familiar colaborador del titular de la explotación y socios/as o
miembros de órganos de administración de sociedades mercantiles capitalistas.
– Autorización a Red.es para la consulta de oficio de los requisitos establecidos en
las bases reguladoras y en la Convocatoria para obtener la condición de beneficiario.
– Selección de la solución o soluciones de conectividad que desee adoptar de entre
las disponibles en el Catálogo de Categorías de Servicios del Programa.
– Declaraciones responsables del cumplimiento de los requisitos y obligaciones
establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria.
– Información del epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) del
solicitante para el que se solicita la ayuda.
– Información que permita comprobar si la solicitante no ha obtenido ninguna ayuda
de minimis para los tres últimos ejercicios fiscales o que, de haberse obtenido, no supera
los límites establecidos para el sector en el que opera la entidad solicitante.
En todo caso, y sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, las declaraciones
responsables del beneficiario que figurarán en el formulario de solicitud presentadas para
su aceptación serán las siguientes:
• Declaración relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales
establecidos en el Plan de Recuperación. Transformación y Resiliencia y que pudieran
afectar al ámbito objeto de gestión (Modelo anexo IV.C de la citada Orden
HFP/1030/2021, por la que se configura el sistema de gestión del Plan.
• Declaración del cumplimiento de las condiciones específicas del principio DNSH
(«Do No Significant Harm») en las actividades financiadas, en todas las fases del diseño
y ejecución del proyecto.
• Declaración responsable de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) conforme al
Modelo del anexo 7.º de esta orden, ajustada al modelo anexo I de la Orden
HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de
interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
• Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución, ajustada
al Modelo B del anexo IV de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
• Declaración de no haber recibido ninguna otra subvención, ayuda, ingreso o
recurso, que cubra el coste de las soluciones o servicios de conectividad que desee
adoptar, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados
nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
• Declaración de su compromiso de satisfacer a la Agencia Tributaria, por cuenta del
Prestador o Prestadores de Servicios adheridos, la cantidad que corresponda a la
retención de IRPF aplicada por éste en la factura.
• Declaración de no estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una
decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e
incompatible con el mercado común.
• Declaración responsable de la inexistencia de vinculación entre el beneficiario y el
prestador de servicios.
B. Documentación que acompaña la solicitud
1.º) Autorización de representante voluntario en el marco del Programa UNICO
Demanda bono PYME.

cve: BOE-A-2024-15200
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Núm. 177