III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-15200)
Orden TDF/755/2024, de 15 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del programa de bonos de conectividad «UNICO Demanda Bono PYME» en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Martes 23 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 94073

Recuperación, Transformación y Resiliencia para el cumplimiento del objetivo CID #239
de la actuación C15.I03, o, en su caso, en la fecha anterior en que se agoten los fondos
disponibles para la financiación de aquéllas. Todo ello sin perjuicio de lo dicho en el
siguiente apartado número 2.
2. El período de disfrute de cada bono de conectividad individualmente considerado
será de doce meses, pudiendo computarse este plazo desde el día de presentación de la
solicitud de la ayuda salvo en el caso de que el contrato estuviera condicionado a la
concesión de la subvención.
Artículo 8.

Ámbito geográfico.

1. Los bonos de conectividad para PYME podrán aplicarse en todo el territorio del
Estado español, en un municipio, en una provincia o en un grupo de éstos o éstas.
2. No obstante, y sin perjuicio de los servicios asociados que pudieran haberse
contratado, el acceso a Internet elegible para las subvenciones únicamente podrá
financiarse cuando fuera a aplicarse en una sede de la beneficiaria de las ayudas
radicada en una zona del territorio en que existiera al menos una red capaz de prestar
dicha solución, con independencia de la tecnología empleada.
Artículo 9. Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones del Programa «Bono PYME» las
pequeñas empresas y microempresas de 0 a menos de 50 trabajadores y las personas
en situación de autoempleo, en adelante PYME.
2. A estos efectos, y, en general, a todos los relativos a las ayudas del mencionado
Programa, se aplicará la definición de empresa del artículo 1.º del anexo 1 del
Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se
declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado en aplicación
de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con sus
diferentes modificaciones. Igualmente, a todos los efectos de esta orden y de los
mencionados bonos de conectividad, se aplicará la categorización de empresas recogida
en el artículo 2 del citado Reglamento (UE) 651/2014.
3. No podrán ser beneficiarios de los bonos de «UNICO Demanda Bono PYME» las
personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores adheridos al Programa «Kit
Digital» ni Prestadores de Servicios adheridos a «Bono PYME» en los términos del
artículo 13 de esta orden.
Artículo 10.

Requisitos de los beneficiarios.

a) Tener domicilio fiscal en territorio español o disponer de un establecimiento o de
una sucursal en España en el momento en que se hagan efectivas las ayudas.
b) Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa conforme a lo
dispuesto en el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio
de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el
mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea, y conforme a los efectivos y límites financieros que definen las
categorías de empresas, enmarcando las categorías de microempresas, pequeñas y
medianas empresas, así como las personas en situación de autoempleo.
c) Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la
Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente
desarrollada a la fecha de solicitud de las ayudas, y tener la antigüedad mínima que se
establezca en la convocatoria de éstas.

cve: BOE-A-2024-15200
Verificable en https://www.boe.es

1. Son requisitos de carácter general para obtener la condición de beneficiario de
las ayudas del Programa «Bono PYME»: