III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-15079)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Secretaría General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía y la Organización Interprofesional del Aceite de Oliva Español, para la participación científica y técnica en un proyecto de investigación e innovación para la optimización y verificación de los nuevos modelos de clasificación de aceites vírgenes de oliva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176

Lunes 22 de julio de 2024

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Existiendo un ámbito material de actuación compartido y la manifestación de la
voluntad para la colaboración en la consecución de fines de carácter común y por todo lo
anterior,
Las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es dar continuidad a los compromisos de
colaboración, de cada una de las partes con el objetivo de desarrollar, de forma
coordinada y bajo un órgano común de gestión, el proyecto de investigación e innovación
que tiene como finalidad la optimización y verificación de los nuevos modelos de
clasificación de aceites vírgenes de oliva, fundamentada en el análisis de sus
características organolépticas, que complemente al método analítico comunitario
denominado panel test.
A tal fin las partes trabajarán conjuntamente en la revisión de resultados y
verificación del funcionamiento de los nuevos modelos desarrollados que están
recogidos en el proyecto piloto innovador del Grupo Operativo GD Sensolive Oil o en las
sucesivas fases de investigación, desarrollo e innovación en esta materia.
Segunda.

Actuaciones y compromisos de las partes.

1. Verificación de los resultados obtenidos a partir de los modelos de clasificación ya
existentes y desarrollo de nuevos modelos matemáticos, mediante optimización y/o
aplicación de otros tratamientos de datos, que mejoren los resultados de la clasificación a
partir de señales instrumentales, constituyendo un método que complemente al panel test.
2. Verificación por parte de los laboratorios oficiales del Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación y de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
de la Junta de Andalucía, de los resultados obtenidos tras el análisis de las muestras
sometidas a los nuevos modelos de clasificación desarrollados a partir de las señales
instrumentales.
Las citadas muestras podrán proceder tanto del control oficial como ser facilitadas
por las entidades del sector y/o por miembros que se integren en el Grupo Operativo en
un nuevo proyecto innovador, continuación al anterior Grupo Operativo GD Sensolive Oil.
3. Programación, planificación y priorización de las actuaciones que deban ser
realizadas para la consecución de los objetivos previstos.
4. Evaluación de los resultados de clasificación de los modelos y fiabilidad analítica
y capacidad de predicción de los mismos.
5. Estudio de la viabilidad económica de futuras actuaciones.
6. Colaboración con terceros, como el COI o el CeiA3, cuando así se requiera.
Tercera.

Comisión de seguimiento.

1.

Funciones:

– Revisar periódicamente la ejecución de las actuaciones programadas y, a tenor de
los resultados, modificarlas, en su caso.
– Estudiar los resultados obtenidos y emitir los correspondientes informes,
estableciendo el acuerdo entre las partes relativo a la publicación científica y/o
divulgativa de los resultados.

cve: BOE-A-2024-15079
Verificable en https://www.boe.es

Con objeto de garantizar los avances en la cooperación entre las partes, se crea una
Comisión de Seguimiento, con las siguientes funciones y composición: