III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-15086)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enel Green Power España, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Andrea, de 263,376 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Antas (Almería).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 22 de julio de 2024

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– La implantación de los paneles fotovoltaicos respetará las zonas cartografiadas del
HIC 5220* «Azufaifar», los ejemplares aislados de azufaifo y un entorno de 3 metros
alrededor de ellos, de acuerdo al apartado ii.4.7.
– Previo al inicio de los trabajos se establecerá un calendario de obras, en el que se
definirán las limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia de especies
protegidas, el cual podrá ser objeto de modificación por parte del órgano ambiental de la
Junta de Andalucía (el apartado ii. 5.1.).
– Se estudiará la posibilidad de soterrar las dos LAMT que conectan las 3 zonas en
las que se divide la planta y, de no ser posible, se habrá de cumplir los requerimientos
normativos que se detallan en la DIA (apartado ii. 5.7.).
– Se establecerá el «Plan de medidas compensatorias y fomento de la fauna»,
durante toda la vida útil de la planta. Estas medidas se coordinarán con el órgano
ambiental de la Junta de Andalucía y se irán adaptando en función de los resultados
obtenidos en el seguimiento ambiental (apartado ii. 5. 11.).
– En fase de proyecto de construcción, el promotor deberá estudiar aquellas
situaciones en las que el trazado de la línea eléctrica de evacuación contravenga la
recomendación general de situarse a más de 100 m de edificios aislados de uso sensible
(viviendas de uso residencial, sanitario, docente y cultural). Por tanto, de acuerdo con la
información aportada por el promotor, se intentará, en la medida de lo posible, mediante
el ajuste de detalle de los apoyos, aumentar la distancia de la línea eléctrica a las
viviendas más próximas: la situadas en los vanos 7-8 y 35-36 de la LAAT 132 kV, que
actualmente están aproximadamente a 25,3 y 57,8 m (apartado ii.7.1.).
– Los apoyos de las líneas eléctricas, así como los transformadores asociados a las
mismas, se situarán fuera de la superficie de las vías pecuarias (apartado ii.8.2).
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos
adicionales que se recogen en el condicionado de la DIA y, en particular, lo indicado en el
apartado iii).
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la
DIA debían estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas
definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa de
construcción del proyecto, con fechas 5 de junio de 2023, 18 de marzo de 2024, 14 de
junio de 2024 y 9 de julio de 2024, el promotor presenta documentación acreditativa del
cumplimiento de los requisitos impuestos en la declaración de impacto ambiental y en la
citada Resolución de autorización administrativa previa, incluyendo declaración
responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– La red aéreo-subterránea a 33 kV, que conecta el parque fotovoltaico con la
subestación transformadora Andrea Antas 33/132 kV, en el término municipal de Antas,
provincia de Almería.
– La Subestación Andrea Antas 33/132 kV, en el término municipal de Antas,
provincia de Almería.
– La línea aéreo-subterránea de evacuación a 132 kV, con origen la subestación
Andrea Antas 33/132 kV, discurriendo su trazado hasta la subestación Colectora
Ribina 132/220/400 kV, en el término municipal de Antas, provincia de Almería.

cve: BOE-A-2024-15086
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Núm. 176