I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE MADRID. Economía circular. (BOE-A-2024-14999)
Ley 1/2024, de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176
Lunes 22 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 93148
b) Usos urbanos, tales como el baldeo de calles y limpieza viaria, el riego de zonas
verdes municipales, parques y jardines, así como el riego de zonas verdes particulares.
c) Otros usos, incluyendo la recarga artificial de acuíferos.
5. La Administración de la Comunidad de Madrid y sus organismos dependientes o
entes vinculados, promoverán la aplicación de los principios de economía circular para la
valorización de los residuos generados por los distintos servicios del ciclo integral del
agua y, en particular, los procedentes de las instalaciones de tratamiento de las aguas
residuales urbanas.
6. Las medidas que se adopten en aplicación de este artículo serán conformes con
la normativa en materia de aguas y coherentes con los planes y programas específicos
en dicha materia.
TÍTULO IV
Residuos y su circularidad
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 27.
Gestión circular de los residuos.
1. La Administración de la Comunidad de Madrid y las entidades locales, en el
ámbito de la gestión de residuos de su competencia, adoptarán medidas para la
consecución de los siguientes objetivos generales:
a) Prevenir y reducir su generación y optimizar el uso de subproductos y de
materiales resultantes de la valorización de residuos.
b) Fomentar, mejorar e incrementar la recogida separada de residuos,
preferiblemente en origen, en todos los ámbitos, especialmente en los hogares
particulares, en el canal de la hostelería, restauración y catering (HORECA), y en los
centros e instalaciones del sector servicios, así como garantizar una red de recogida
separada.
c) Aplicar las mejores técnicas disponibles para su tratamiento, con el menor
impacto medioambiental.
d) Promover con este orden, la prevención; la reutilización; la preparación para la
reutilización; el reciclaje, incluido el reciclado químico; la valorización, y la
reincorporación a la cadena productiva, de acuerdo con la normativa europea.
a) Fortalecer los mercados de productos procedentes de la preparación para la
reutilización y el reciclado.
b) Alcanzar la trazabilidad digital de la gestión de los residuos y su reincorporación
al ciclo productivo.
c) Mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero.
d) Fomentar las instalaciones de reciclado material y químico.
e) Mejorar las técnicas de segregación y clasificación de residuos.
f) Fomentar instalaciones de valorización de residuos no reciclables, como la
fracción de resto de los residuos sólidos urbanos o la biomasa agrícola y forestal.
cve: BOE-A-2024-14999
Verificable en https://www.boe.es
2. La Administración de la Comunidad de Madrid y las entidades locales podrán
establecer medidas económicas, financieras y fiscales que incentiven las buenas
prácticas en la gestión de residuos y su gestión circular e impulsar los siguientes
objetivos específicos que, en su caso, serán objeto de evaluación y desarrollo en la
Estrategia para el Fomento de la Economía Circular en la Comunidad de Madrid:
Núm. 176
Lunes 22 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 93148
b) Usos urbanos, tales como el baldeo de calles y limpieza viaria, el riego de zonas
verdes municipales, parques y jardines, así como el riego de zonas verdes particulares.
c) Otros usos, incluyendo la recarga artificial de acuíferos.
5. La Administración de la Comunidad de Madrid y sus organismos dependientes o
entes vinculados, promoverán la aplicación de los principios de economía circular para la
valorización de los residuos generados por los distintos servicios del ciclo integral del
agua y, en particular, los procedentes de las instalaciones de tratamiento de las aguas
residuales urbanas.
6. Las medidas que se adopten en aplicación de este artículo serán conformes con
la normativa en materia de aguas y coherentes con los planes y programas específicos
en dicha materia.
TÍTULO IV
Residuos y su circularidad
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 27.
Gestión circular de los residuos.
1. La Administración de la Comunidad de Madrid y las entidades locales, en el
ámbito de la gestión de residuos de su competencia, adoptarán medidas para la
consecución de los siguientes objetivos generales:
a) Prevenir y reducir su generación y optimizar el uso de subproductos y de
materiales resultantes de la valorización de residuos.
b) Fomentar, mejorar e incrementar la recogida separada de residuos,
preferiblemente en origen, en todos los ámbitos, especialmente en los hogares
particulares, en el canal de la hostelería, restauración y catering (HORECA), y en los
centros e instalaciones del sector servicios, así como garantizar una red de recogida
separada.
c) Aplicar las mejores técnicas disponibles para su tratamiento, con el menor
impacto medioambiental.
d) Promover con este orden, la prevención; la reutilización; la preparación para la
reutilización; el reciclaje, incluido el reciclado químico; la valorización, y la
reincorporación a la cadena productiva, de acuerdo con la normativa europea.
a) Fortalecer los mercados de productos procedentes de la preparación para la
reutilización y el reciclado.
b) Alcanzar la trazabilidad digital de la gestión de los residuos y su reincorporación
al ciclo productivo.
c) Mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero.
d) Fomentar las instalaciones de reciclado material y químico.
e) Mejorar las técnicas de segregación y clasificación de residuos.
f) Fomentar instalaciones de valorización de residuos no reciclables, como la
fracción de resto de los residuos sólidos urbanos o la biomasa agrícola y forestal.
cve: BOE-A-2024-14999
Verificable en https://www.boe.es
2. La Administración de la Comunidad de Madrid y las entidades locales podrán
establecer medidas económicas, financieras y fiscales que incentiven las buenas
prácticas en la gestión de residuos y su gestión circular e impulsar los siguientes
objetivos específicos que, en su caso, serán objeto de evaluación y desarrollo en la
Estrategia para el Fomento de la Economía Circular en la Comunidad de Madrid: