I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-14997)
Enmiendas adoptadas en Ginebra el 29 de octubre de 2021, el 6 de mayo de 2022 y el 28 de octubre de 2022, a los anejos del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre las unidades especiales utilizadas en estos transportes (ATP), hecho en Ginebra el 1 de septiembre de 1970. Texto consolidado del Acuerdo ATP.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176
Lunes 22 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 93052
En caso de carga parcial, el caudal del volumen de aire podrá modularse una vez
alcanzada la temperatura del punto de ajuste, y cuando se alcance la temperatura de la
clase, el caudal de aire no tendrá por qué ser continuo.
Cuando V sea superior a 60 m3, V̇L podrá limitarse a, al menos, 3000 m3 por hora en
el caso de contenedores, vagones y camiones8.
8
Los contenedores podrán ser cajas desmontables de camiones.
Cuando V sea superior a 100 m3, V̇L podrá limitarse a, al menos, 5000 m3 por hora.
3.3
Unidades caloríficas,
Método de ensayo.
3.3.1 La unidad, vacía de toda carga, se colocará en una cámara isoterma cuya
temperatura se mantendrá uniforme y constante al nivel más bajo posible. La atmósfera
de la cámara estará en circulación como se indica en el párrafo 2.1.5 del presente
apéndice.
3.3.2 Se colocarán dispositivos detectores de la temperatura, protegidos contra la
radiación, en el interior y exterior de la caja en los puntos indicados en los párrafos 1.3
y 1.4 del presente apéndice.
Procedimiento.
3.3.3 Las puertas, trampillas y aberturas diversas se cerrarán, y el equipo de
producción de calor, así como los dispositivos de ventilación interior (en el caso de que
existan) se pondrán en marcha a su régimen máximo.
3.3.4 La temperatura media exterior y la temperatura media interior de la caja se
medirán, como mínimo, cada cinco minutos.
3.3.5 El ensayo se prolongará durante doce horas después del momento en que la
diferencia entre la temperatura media interior de la caja y la temperatura media exterior
haya alcanzado el valor correspondiente a las condiciones fijadas para la supuesta clase
de la unidad. En el caso de unidades nuevas la diferencia de temperatura indicada
anteriormente deberá aumentarse en un 35 %.
Criterio de aceptación.
3.3.6 El ensayo será satisfactorio si el dispositivo de producción de calor permite
mantener durante esas doce horas la diferencia de temperatura prevista.
3.4
Unidades frigoríficas y caloríficas.
Método de ensayo.
Procedimiento.
3.4.3 a) Se aplicará el procedimiento general para medir la capacidad de
refrigeración efectiva de los dispositivos frigoríficos previstos en los apartados 4.1 y 4.2
una vez adaptado de manera que pueda utilizarse para medir los dispositivos de
calentamiento utilizando un cajón calorímetro.
La temperatura en la entrada de aire del dispositivo térmico o en la entrada de aire
del evaporador dentro del cajón calorímetro deberá ser +12 °C.
cve: BOE-A-2024-14997
Verificable en https://www.boe.es
3.4.1 El ensayo se realizará en dos fases. Durante la primera fase, se determinará
la eficacia del grupo frigorífico de la instalación frigorífica o frigorífica y calorífica; durante
la segunda, la del dispositivo de producción de calor.
3.4.2 El ensayo de la primera fase se llevará a cabo con arreglo a las condiciones
establecidas en los apartados 3.1.1 y 3.1.2 del presente apéndice y el de la segunda
fase, en las especificadas en los apartados 3.3.1 y 3.3.2 del presente apéndice.
Núm. 176
Lunes 22 de julio de 2024
Sec. I. Pág. 93052
En caso de carga parcial, el caudal del volumen de aire podrá modularse una vez
alcanzada la temperatura del punto de ajuste, y cuando se alcance la temperatura de la
clase, el caudal de aire no tendrá por qué ser continuo.
Cuando V sea superior a 60 m3, V̇L podrá limitarse a, al menos, 3000 m3 por hora en
el caso de contenedores, vagones y camiones8.
8
Los contenedores podrán ser cajas desmontables de camiones.
Cuando V sea superior a 100 m3, V̇L podrá limitarse a, al menos, 5000 m3 por hora.
3.3
Unidades caloríficas,
Método de ensayo.
3.3.1 La unidad, vacía de toda carga, se colocará en una cámara isoterma cuya
temperatura se mantendrá uniforme y constante al nivel más bajo posible. La atmósfera
de la cámara estará en circulación como se indica en el párrafo 2.1.5 del presente
apéndice.
3.3.2 Se colocarán dispositivos detectores de la temperatura, protegidos contra la
radiación, en el interior y exterior de la caja en los puntos indicados en los párrafos 1.3
y 1.4 del presente apéndice.
Procedimiento.
3.3.3 Las puertas, trampillas y aberturas diversas se cerrarán, y el equipo de
producción de calor, así como los dispositivos de ventilación interior (en el caso de que
existan) se pondrán en marcha a su régimen máximo.
3.3.4 La temperatura media exterior y la temperatura media interior de la caja se
medirán, como mínimo, cada cinco minutos.
3.3.5 El ensayo se prolongará durante doce horas después del momento en que la
diferencia entre la temperatura media interior de la caja y la temperatura media exterior
haya alcanzado el valor correspondiente a las condiciones fijadas para la supuesta clase
de la unidad. En el caso de unidades nuevas la diferencia de temperatura indicada
anteriormente deberá aumentarse en un 35 %.
Criterio de aceptación.
3.3.6 El ensayo será satisfactorio si el dispositivo de producción de calor permite
mantener durante esas doce horas la diferencia de temperatura prevista.
3.4
Unidades frigoríficas y caloríficas.
Método de ensayo.
Procedimiento.
3.4.3 a) Se aplicará el procedimiento general para medir la capacidad de
refrigeración efectiva de los dispositivos frigoríficos previstos en los apartados 4.1 y 4.2
una vez adaptado de manera que pueda utilizarse para medir los dispositivos de
calentamiento utilizando un cajón calorímetro.
La temperatura en la entrada de aire del dispositivo térmico o en la entrada de aire
del evaporador dentro del cajón calorímetro deberá ser +12 °C.
cve: BOE-A-2024-14997
Verificable en https://www.boe.es
3.4.1 El ensayo se realizará en dos fases. Durante la primera fase, se determinará
la eficacia del grupo frigorífico de la instalación frigorífica o frigorífica y calorífica; durante
la segunda, la del dispositivo de producción de calor.
3.4.2 El ensayo de la primera fase se llevará a cabo con arreglo a las condiciones
establecidas en los apartados 3.1.1 y 3.1.2 del presente apéndice y el de la segunda
fase, en las especificadas en los apartados 3.3.1 y 3.3.2 del presente apéndice.