III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-14990)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se modifican las condiciones de la Resolución de 20 de enero de 2023, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto "Parque eólico Moeche, de 53 MW de potencia, y ubicado en Moeche, As Somozas, As Pontes y San Sadurniño (A Coruña), así como de sus infraestructuras de evacuación asociadas".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Sábado 20 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 93013

Túmulo dos Caneiros, en tanto en cuanto el yacimiento iba a ser puntualmente destruido.
El citado informe incluía literalmente la siguiente condición: «El aerogenerador n.º 13 (de
reserva) deberá desplazarse fuera del ámbito de protección del yacimiento Túmulo dos
Caneiros GA15049006».
Con fechas 17 y 24 de mayo de 2024, se realiza el trámite de consultas a las
Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas en relación con la
modificación propuesta proyecto. La relación de consultados se expone a continuación,
así como aquellos que han emitido informe.
Relación de consultados

Respuestas recibidas

D.G. de Patrimonio Cultural. Xunta de Galicia.

SI

Ayuntamiento de Moeche.

SI

Grupo Naturalista Habitat.

NO

Federación Ecoloxista Galega (FEG).

NO

WWF/Adena.

NO

Seo/Birdlife.

NO

Adega (Trasancos).

NO

Sociedade Galega de Historia Natural (Sghn-Ferrol).

NO

Amigos da Terra.

NO

Sociedade Galega de Ornitoloxia.

NO

Asociación Ecoloxistas en Acción Galiza.

NO

– El contorno de protección del yacimiento arqueológico Túmulo dos Caneiros
(GA15049006) deberá quedar libre de obra nueva relacionada con la construcción del
aerogenerador número 13 (reserva) y accesos a éste.
– Las obras de instalación de la zanja de cableado, que se proyectan por un camino
existente dentro del contorno de protección del dicho elemento arqueológico, se
restringirán a que dicha zanja sea excavada dentro de la caja del camino, y por el
margen contrario a donde se emplaza el túmulo. Complementariamente, se contemplará
realizar un control y seguimiento arqueológico presencial, intensivo y a pie de obra de las
remociones de tierras, y, en el caso de documentarse restos arqueológicos, se
comunicará enseguida a la DXPC, que establecerá las medidas protectoras, correctoras
y compensatorias oportunas.
El Ayuntamiento de Moeche, en su respuesta, se remite al recurso de alzada
presentado ante la Secretaría de Estado de Energía frente a la Resolución de 17 de abril
de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a
Enel Green Power España, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico
Moeche de 50,4 MW instalados, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en San
Sadurniño, Moeche, As Somozas y As Pontes (A Coruña).

cve: BOE-A-2024-14990
Verificable en https://www.boe.es

Transcurrido el plazo de las consultas, consta la respuesta de la Dirección General
de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia y del Ayuntamiento de Moeche.
La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia informa que, a la
vista de la documentación remitida y la que consta en la Subdirección Xeral de
Conservación e Restauración de Bens Culturais, se considera que las obras del
aerogenerador M-13 (reserva) y las infraestructuras asociadas son compatibles con la
protección y la conservación del patrimonio arqueológico, por lo que emite un informe
favorable a la solicitud de modificación, debiéndose tener en cuenta las siguientes
consideraciones en la nueva redacción de la condición: